Caso Palomo: niegan el arresto domiciliario al menor señalado como autor del homicidio

Justicia 17/12/2020
SANDRA PALOMO

El juez de la Sala I del Tribunal e Impugnación Luciano Martini no hizo lugar al recurso de apelación presentado por la defensa oficial del menor, acusado por el homicidio de Sandra Palomo y confirmó la resolución dictada por el Juzgado de Menores 1 que dispuso la aplicación de medidas de seguridad y la internación en el Centro de Jóvenes en Conflicto con la Ley Penal 1, donde deberá continuar con el tratamiento psiquiátrico y psicológico correspondiente.

El adolescente está señalado como autor del delito de “homicidio calificado por alevosía, ensañamiento criminis causa y por mediar violencia de género en perjuicio de Sandra Sylvia Palomo”. Era menor al momento del hecho (15 años), por lo que el defensor oficial solicitaba la entrega del menor a su madre o bien el arresto domiciliario continuando con el tratamiento ordenado en forma ambulatoria.

Al tratarse el caso de un menor inimputable, resulta aplicable una medida tuitiva o educativa. Y recordó el juez que la medida “siempre y en todo caso, debe ser revisada periódicamente a fin de conocer la evolución del afectado, ya que en cualquier momento de su ejecución, puede ser modificada o dejada sin efecto.


joven Encontraron el cuerpo de una mujer en inmediaciones del Río Arenales

Advirtió que en el caso “a la fecha no se dispuso el mentado sobreseimiento del imputado. Entonces formalmente la medida posee carácter provisional y así debe ser examinada”.

Citó el juez el informe del Gabinete de Psiquiatría que “da cuenta que se evidencian indicadores de riesgo, de violencia hacia la mujer y toda persona en condiciones de vulnerabilidad, fragilidad o debilidad, incluso niños, adolescentes y/o personas adulta.

Advierten además una categoría de riesgo alta con indicadores de impulsividad y violencia hacia terceros sin inferir la posibilidad de revertir la organización de la personalidad a través de un tratamiento psicoterapéutico”.

Señaló el juez que “al margen de los informes psiquiátricos”, los detalles del hecho dan muestra de la peligrosidad del autor. “Por consiguiente, la medida de seguridad provisional impuesta en la instancia de grado es ajustada a derecho”, rechazándose el recurso de apelación de la defensa.

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