Cuáles son las penas para castigar a los conductores ebrios en Salta: multas, retención de licencia y ¿prisión?
Sociedad01/02/2022InformateSaltaEntran hoy en vigencia las nuevas penalidades para las personas que den positivo en un control de alcoholemia en la Ciudad de Buenos Aires. A través del Proyecto Integral de Convivencia Vial, los conductores cuyo resultado sea positivo perderán su licencia de conducir entre 2 meses y 2 años, según el dosaje, y deberán abonar multas que llegan hasta $106.000.
Vale aclarar también, que en el caso de la legislación porteña no se contempla la tolerancia cero, sino que el límite máximo tolerado de alcohol en sangre es de 0,5 gr/l para vehículos particulares.
En este sentido, Salta se configura como una de las provincias pioneras en establecer ordenanzas como la 14395 que rigen al tránsito y al sistema del tribunal de faltas, que es el organismo que determina y aplica las sanciones.
Así como explica Raúl Córdoba, Subsecretario de Seguridad y Educación Vial, en Salta se activa un protocolo en el que al momento de detectar alcohol en sangre en un conductor se genera un expediente y se procede a retirar la licencia o vehículo según la cantidad de alcohol que arroje el test.
“Queda en el juez del tribunal de Faltas determinar la sanción, evalúa si hay reincidencia, si hay daños materiales, lesiones a terceros. Según eso, se pueden aplicar retención o la inhabilitación de licencia por 30 días, 60 días y hasta 2 años”, explicó ante InformateSalta el ex concejal.
Si nos volcamos a la normativa vigente, en ella se establecen los lineamientos generales que fijan cuántas UF (unidades fijas) se deberá pagar como multa.
Cabe recordar que en mayo del 2021 los concejales capitalinos aprobaron un Proyecto que establece que las unidades fijas (UF), que determinan el valor de la multa, equivaldrán al menor precio de venta al público de medio litro de nafta súper.
En diálogo con Christian Abdenur, Presidente del Tribunal Administrativo de Faltas, explicó: “La sanción de multa se aumentará de acuerdo a las circunstancias del caso, la reincidencia y la graduación alcohólica que dio.
"Si se es reincidente la multa se eleva un 25%, ante la segunda reincidencia se eleva a un medio y si es tercer reincidencia tres cuartos”
Por ejemplo, por conducir cualquier tipo de vehículos en estado de intoxicación alcohólica con una alcoholemia inferior a 0,2 gramos de alcohol por litro de sangre, el conductor será sancionado con multa que partirá de las 300 U.F. Será retenida la licencia de conducir del presunto infractor y se permitirá la circulación vehicular bajo la conducción de un conductor alternativo, previo control respectivo, quien retirará el vehículo bajo su exclusiva responsabilidad.
Estas sanciones se agravan cuando el control de alcoholemia es superior o igual a 0,2 gramos de alcohol por litro de sangre pero menor a medio gramos (0,5) la multa será también con un mínimo de 300 U.F. En estos casos será retenida la licencia de conducir y serán inhabilitados para conducir por un plazo de dos a seis meses.
“La retención de licencia es una medida preventiva y cautelar. Tránsito de la Municipalidad o Policía Vial remiten el acta de comprobación junto a la licencia al Tribunal Administrativo de Faltas”
Así progresivamente, la normativa contempla los agravantes según el resultado del test de alcoholemia. Sin embargo, se deberá contemplar cada caso en particular y evaluar si se trata de un conductor reincidente o no, si ocasionó daños en la vía pública, si produjo lesiones en terceros, si se trata de un menor de edad y demás.
Posibilidad de arresto
“¿Qué pasa con el ciudadano que ya tiene cuatro reincidencias, no paga multas y sigue manejando aun estando inhabilitado?”, pregunta retóricamente Abdenur y anticipa su respuesta: “Para ese tipo de casos lo que tiene que haber es un cambio en la sanción con agravamiento e ir más allá del dinero y la inhabilitación. Para esos casos estamos solicitando la figura de arresto, hasta 15 días en la comisaría correspondiente. Es algo que venimos solicitando”, concluye.