Prorrogaron hasta el 17 de marzo el pago anual de tributos municipales
Municipal24/02/2023InformateSaltaDesde la Agencia de Recaudación de la Municipalidad de Salta (ARMSa) se informó que el Pago Anual de tributos municipales 2023, se prorrogará hasta el viernes 17 de marzo.
Los principales beneficios de este programa son la bonificación de dos meses y el 12% de descuento en el pago de los impuestos en cuotas.
Están incluidos los siguientes tributos: Impuesto Inmobiliario, Tasa General de Inmuebles (TGI), Impuesto a la Radicación de Automotores, Tasa de Protección Ambiental y la Tasa para la prevención y protección para personas y bienes.
Bonificación de dos meses
Se bonifican noviembre y diciembre; es decir que el contribuyente abona solo 10 períodos de facturación. Se puede abonar al contado o de forma on line https://municipalidadsalta.gob.ar/ Para esta última opción está disponible Macro Clic en 6 cuotas sin interés.
Otras opciones de pago son con tarjetas Visa en 1 solo pago y Banco Hipotecario en 6 cuotas sin interés. Los pagos al contado se realizan en el CCM, ARMSa, Pago Fácil, RapiPago, Delegación San Luis y CIC de Unión.
Para quienes abonen el Pago Anual a través de la boleta de EDESA, el beneficio de dos meses bonificados se implementa de la siguiente forma: el contribuyente abonará 8 meses (marzo a octubre) debiendo abonar enero y febrero. En total sólo pagará 10 periodos como estipula el beneficio.
Descuento del 12%
El descuento se realiza sobre el monto total a pagar en doce meses. Se puede abonar con Tarjetas Visa, Mastercard y Cabal, en 3, 6 y 12 cuotas. Para el descuento del 12%, todas las operaciones deben realizarse vía on line https://municipalidadsalta.gob.ar/
Exenciones del 100% en pago Tributos Municipales
Se recuerda que jubilados, pensionados, desocupados, veteranos de Malvinas, familiares directos de salteños caídos en Malvinas, personas con discapacidad y con enfermedades terminales propietarios de una parcela o unidad habitacional están exentos del pago del Impuesto Inmobiliario y la TGI.
En cuanto al Impuesto a la Radicación de Automotores los exentos de pagar este tributo en un 100% son personas lisiadas propietarias de vehículos adaptados, veteranos de la Guerra de Malvinas, familiares directos de salteños caídos en Malvinas, y personas con discapacidad, en todos los casos propietarios de un automotor.