Abusó sexualmente de su hijastra pero fue beneficiado con una pena sin cárcel

Justicia14/03/2023
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Solo una Asesora de Menores se opuso a que un hombre de 49 años que abusó sexualmente a su hijastra frente a sus otros hijos y los que manipuló a cambio de un puñado de caramelos, acceda a un juicio abreviado que lo terminó condenando a una pena mínima y que ni siquiera lo lleva a la cárcel. 

InformateSalta pudo conocer que no sólo se llegó a un acuerdo para un juicio abreviado sino que además se bajó la calificación del delito, de abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por la guarda y la convivencia, a abuso sexual simple, con las mismas agravantes. 

El caso llamó la atención, pues el juicio abreviado se consolidó pese a no existir la conformidad de todas las partes, situación que se hizo más notoria al conocerse que el punto en discrepancia, desechado por el tribunal, permitió casualmente el otorgamiento de la libertad condicional del acusado.

La audiencia de procedimiento abreviado se llevó a cabo el 24 de febrero pasado y estuvo a cargo de la jueza Carolina Sanguedolce, de la Sala III del Tribunal de Juicio, quien homologó el acuerdo arribado por la fiscalía, la defensa y la querella; pero no así de la Asesora. 


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Previo a homologar este acuerdo, la jueza indagó entre las partes si había conformidad, instancias en que la fiscalía, la defensa y la querella prestaron consentimiento, incluso lo hizo el acusado.

Solo la Asesora de Menores 8, Mariana Laconi discrepó con el cambio de calificación penal. La funcionaria señaló que su intervención era en representación de la menor víctima, en el marco de una actuación complementaria. Al fundar su discrepancia, indicó que las constancias del caso no admiten la merma en la acusación, por lo que se pronunció porque el juicio abreviado no sea homologado.

La fiscalía, por su parte, explicó que de la denuncia e investigación no surgieron elementos probatorios que permitan sostener la acusación más grave, por lo que se inclinó por bajar la calificación, lo que automáticamente dejó al acusado en una mejor posición, a tal punto que gano su libertad.

Los abusos

La denuncia, cabe mencionar, fue radicada por la pareja del acusado, quien, al bañar a sus hijos mellizos, de vio que uno le mordía la cola al otro, circunstancias en que la madre le recriminó tal actitud, a lo que el pequeño le dijo que su padre hacía lo mismo con su hermana mayor, hija de una relación anterior.

Los hermanitos agregaron que, a cambio e no decir nada, el imputado les regalaba caramelos. Al indagar a su hija, ésta le confirmó a su madre los abusos sexuales que sufría a manos de su padrastro, un hombre de 49 años que trabaja como obrero de la construcción en el barrio Vicente Solá.

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Los mellizos contaron que su padre se hacía “el cochino” con la víctima, a la que le sacaba la ropa, le tocaba el cuerpo y le daba besos en la boca y en el cuerpo, lo que sucedió desde mayo del 2020 a la fecha de la denuncia, o sea, por más de un año.

Si bien la menor, afirmó que no hubo penetración, aspecto del cual se valieron el resto de las partes para hacer valer el juicio abreviado presentado, postura que no fue compartida por la asesora de menores, ya que el artículo 119 del Código Penal indica que la figura de abuso sexual gravemente ultrajante se da “por su duración o circunstancias de su realización” y si el accionar “hubiere configurado un sometimiento sexual gravemente ultrajante para la víctima”.

Además, no se tuvo en cuanto que, en muchas ocasiones, los propios familiares directos de la víctima, son los que propician los beneficios a los acusados, sin tener presente los derechos que protegen a las menores y menos aún, ejecutar medidas de pruebas para determinar el daño psicológico y otros más.

 

 

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