Con el DNU en vigencia dictado por el presidente de la Nación, todavía continúan en análisis los distintos puntos que se especifican en el decreto.
Ante esto, se llevaron adelante medidas, por parte de la Cámara de Trabajo, para impedir que se apliquen las reformas del capitulo 4, suspendiendo así la reforma laboral al dictar la Sala de Feria una cautelar, en virtud de entender que los trabajadores son un sector vulnerable y por verse en juego el derecho a la alimentación.
Por ello, FM Aries consultó al profesor emérito de UCASAL y abogado constitucionalista Omar Carranza acerca de la constitucionalidad o no del Decreto de Necesidad y Urgencia.
El profesor, explicó que el DNU no “encaja” dentro de la normativa del articulo 99 inciso 3ro de la Constitución, que recalca el proceso constitucional que se debe transitar para convertirse en ley.
Iniciando los pasos, el DNU debe ser aprobado por la comisión bicameral y luego si se aprueba se convierte en ley, así: “vuelve a encajar dentro del trámite que dice la Constitución tienen que tener las leyes” explicaba el letrado.
Si transitamos situaciones excepcionales que requieren medidas extraordinarias, se debe plantear si se atraviesa realmente una situación excepcional, de necesidad y urgencia, lo cual tendrá que ser explicado por el presidente, al no cumplirse con los requisitos, no es adecuado a la Constitución.
Estas faltas han ameritado la Cámara de Trabajo al declarar que suspende la vigencia del 70/23 hasta que no sea definitivamente evaluado por la justicia.
Lo más probable, según el abogado, es que la Corte de Justicia termine tratando la constitucionalidad o no, lo cual se analizará después de la feria judicial que culmina el 1ro de febrero: “todo queda en status quo, no produce ningún efecto”. La hipótesis que explicaba Carranza es que recién en esta instancia se resolverá que pasará con el DNU.
Si bien el DNU ya esta en vigencia, es requisito que cuente con el proceso que establece la Constitución Nacional.
Ley Ómnibus. Sobre la polémica ley mediante la cual el presidente busca abrogarse facultades propias del Congreso de la Nación, explicó que en el país en materia jurídica todo es posible y quien determinará si es constitucional será el Poder Judicial, mientras que el Congreso resolverá si lo que pide el representante máximo del país corresponde o no.
“La posibilidad de superpoderes siempre ha estado en el tapete de discusión” dijo Carranza.