En pocos días, la moratoria de AFIP aprobada en el paquete fiscal cerrará su primera etapa, la cual ofrece mayores beneficios: quienes estén pensando en adherir podrán acceder hasta este jueves 15 de agosto (inclusive) a una condonación de los intereses resarcitorios y punitorios de deudas con la entidad de hasta un 70%.
Tras esto, el beneficio se reducirá a un 60% y, más adelante, a tan solo un 50%. Es por esto que los especialistas tributarios recomiendan suscribir durante la primera etapa, en la cual el Gobierno espera la mayor adhesión para impulsar la recaudación fiscal.
Esta moratoria aplica a deudas aduaneras, impositivas y de la seguridad social y se encuentra incluida en el Título I del paquete fiscal que aprobó el Congreso a fines de junio junto a la Ley Bases. Oficialmente, se la llama Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social.
Además de la condonación de deudas, la AFIP ofrece dos tipos de planes de pago: cortos, de hasta 3 cuotas, o más largos, de hasta 84 pagos y perdones de hasta el 100% de lo adeudado para monotributistas y PyMEs. Todos los detalles y las fechas clave.
Tal como se definió desde un principio, se podrán regularizar deudas con AFIP tanto aduaneras, como impositivas y de la seguridad social siempre y cuando estas hayan vencido hasta el 31 de marzo del 2024, inclusive.
También se incluirán "las multas y demás sanciones firmes originadas en infracciones cometidas hasta dicha fecha, relacionadas o no con esas obligaciones, así como los intereses resarcitorios y/o punitorios".
En cuanto al acceso a un plan de pagos, disponibles en hasta 84 cuotas para monotributistas y PyMEs, se podrán solicitar "desde la fecha de entrada en vigencia de la reglamentación y hasta transcurridos 150 días corridos desde dicha fecha, inclusive".
El plan de regularización funcionará en distintas etapas hasta diciembre de este año y, según detalló AFIP, se podrán incluir en "obligaciones en discusión administrativa o contencioso administrativa, causas en trámite judicial, y también aquellas prescriptas".
El régimen ofrece dos tipos de planes de pago: de corto plazo, que incluye entre una y tres cuotas, y de largo plazo, de hasta 84 cuotas y destinados específicamente a monotributistas, entidades sin fines de lucro y micro y pequeñas empresas, con condonación de hasta el 100% de intereses de deuda.
Los planes de hasta tres cuotas mensuales tienen el beneficio de una mayor condonación de intereses, desde un máximo del 70% hasta un 50%, según el momento en que se soliciten. Por su parte, la tasa de interés de financiación de estos será definida "en función del carácter del contribuyente", marca AFIP.
Por su parte, la cantidad máxima de cuotas, la tasa de financiamientos y el porcentaje de pago a cuenta de los planes de pago a más largo plazo "se encontrarán definidos según la tipificación del contribuyente al momento del acogimiento al régimen", aclara AFIP.
Éstos ofrecerán "condiciones más favorables para las micro y pequeñas empresas, las entidades sin fines de lucro y monotributistas".
La condonación de los intereses resarcitorios o punitorios de deuda, por su parte, se aplicarán entre un 20% y un 70% del total, dependiendo del momento de adhesión al régimen y si se accede a un plan de pago corto o de mayor plazo.
Dado que este jueves 15 de agosto vence la primera etapa del régimen de regularización para los planes de pago de corto plazo, lo más recomendable es adherir lo antes posible para acceder al mayor beneficio de una condonación de hasta un 70% de los intereses de deuda.