Justicia Por: InformateSalta27/01/2021

Caso Jimena Salas: Carrascosa, un espejo en el que podría reflejarse Cajal

La situación del viudo de Jimena Salas encajaría con el derrotero que atravesó Carlos Carrascosa, quien fue imputado y llevado a juicio por encubrir el asesinato de su mujer, María Marta García Belsunce, acusación de la cual salió absuelto.

Aunque existen poco más de 15 años entre un asesinato y otro y otro 6 de edad, entre las dos víctimas, la causa penal por el crimen de María Marta García Belsunce, ocurrida el 27 de octubre de 2002, presenta puntos en común con la investigación penal por el asesinato de Jimena Salas.

El nexo, sin dudas, se advierte en la acusación penal elegida, tanto por el fiscal Diego Molina Pico como por los fiscales salteños que investigaron el asesinato de Jimena. En ambos casos, apuntaron al viudo por el delito de encubrimiento agravado.

Mientras Jimena Salas murió asesinada de 40 cuchilladas en su casa del barrio San Nicolás, de Vaqueros, María Marta fue ultimada de 5 disparos, también en el interior de su casa, en el barrio Carmel, en el partido bonaerense de Pilar.


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En el caso de María Marta, sus familiares la sepultaron e intentaron disimular su asesinato con un accidente hogareño, por lo que el escenario era aún más propicio, pues el supuesto encubrimiento se presentaba como una materia fácil de superar.

Tanto así que, aún con las vicisitudes del viejo sistema mixto, el 16 de enero de 2003, fiscal imputó por el encubrimiento agravado a Carrascosa, como así también al hermano de la víctima, Horacio García Belsunce (h); el cuñado Guillermo Bártoli; el padrastro Constantino Hurtig; el medio hermano Juan Hurtig; la masajista Beatriz Michelini; el vecino Sergio Binello; y el médico Gauvry Gordon.

Juicio

Trece meses después, el 16 de febrero de 2004, el fiscal Molina Pico presentó al juez de san Isidro, Diego Barroetaveña, el requerimiento de elevación a juicio contra Carlos Carrascosa por el encubrimiento agravado del asesinato de su mujer, de 50 años.

El 13 de junio de 2007, en tanto, en la etapa de los alegatos del juicio a Carrascosa, el fiscal Molina Pico pidió la condena del viudo por el homicidio de María Marta, o bien, que sea penado por el encubrimiento del mismo. Casi un mes después, el 11 de julio, el Tribunal Oral N° 6 de San Isidro decidió absolver a Carrascosa por el homicidio, pero lo condenó -en fallo dividido- por el delito de encubrimiento.

Dos años después, el 18 de junio de 2009, y como resultado de una apelación, el Tribunal de Casación Penal de Buenos Aires complicó aún más a Carrascosa, pues dispuso una condena de reclusión perpetua para el viudo, cuya defensa emprendió varios planteos hasta llegar la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la cual ordenó la revisión del fallo.


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Fue así como el 20 de diciembre de 2016, la sala I del Tribunal de Casación Penal bonarense, resolvió absolver a Carrascosa. Para los jueces, la acusación contra el viudo, solo eran “meras conjeturas, teorías sostenidas más por el empecinamiento de los funcionarios judiciales”.

La fiscalía apeló y el caso fue a parar a la Corte de Justicia de Buenos Aires, la que confirmó la absolución del viudo el 5 de octubre de 2018. Una nueva apelación del fiscal Molina Pico, en tanto, llevó el caso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la cual ratificó la absolución de Carrascosa el 10 de diciembre de 2020.

Cajal

Aunque Nicolás Cajal, viudo de Jimena Salas, no experimentó ni aún ni un ápice del derrotero judicial de Carrascosa, la situación procesal de ambos no sería muy distinta, pues la acusación se asienta en conjeturas, sin siquiera tener al o los presuntos autores materiales del crimen.

En vista de ello, a la defensa de Cajal sólo le bastaría echarle una mirada a los fallos absolutorios de Carrascosa para argumentar su estrategia defensiva, la cual ya cuenta con mucha jurisprudencia a su favor, al menos, en el actual escenario que plantea la fiscalía.


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Para la fiscalía, Cajal se habría apresurado a cremar el cuerpo de Jimena Salas, hecho que consideran clave, mientras la defensa del viudo sostiene que el cadáver ya había sido entregado por la fiscalía y que la decisión de cremación, sería una cuestión familiar y no únicamente suya.

Por otra parte, la fiscalía no pudo arrimar ninguna prueba directa que coloque a Cajal en la escena del crimen, o bien, que haya tenido algún contacto telefónico con personas sospechadas de ser los autores materiales del crimen, ni tampoco probaron que haya tenido contacto con Vargas, el otro imputado, con lo cual el hilo con el que se pretende unirlo es casi inexistente.