Justicia Por: InformateSalta05/07/2021

Hoy continúa el juicio a los ex gerentes del PAMI que cobraron el IFE

El Tribunal Oral Federal N°1 de Salta reanuda hoy el juicio seguido contra los ex gerentes del PAMI de las localidades de Orán, El Carril y Embarcación, acusados por el delito de defraudación a la Administración Pública al haber percibido el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE).

El debate, que se había iniciado el 4 de mayo pasado, quedó suspendido en la apertura misma a raíz de las impugnaciones planteadas por las defensas de los tres acusados, quienes pidieron acogerse a la suspensión de juicio a prueba.

El fiscal Toranzos lleva adelante la acusación penal contra Viviana Fernández, Emilia Juárez y Javier Eduardo Navarreta, quienes eran gerentes de PAMI en las sucursales de Orán, El Carril y Embarcación, respectivamente.

La acusación surgió tras comprobarse que los ex funcionarios habían solicitado y percibido el IFE, un beneficio dispuesto por el decreto 310/2020 del Poder Ejecutivo Nacional para mitigar la grave crisis económica emergente por las medidas sanitarias impuestas durante la fase 1 en el marco de la pandemia del COVID-19.

Tras la formalización del caso, el 19 de noviembre de 2020, los defensores públicos Ximena Colombres (por Fernández) y Agustín Mogaburu (por Juárez y Navarreta) plantearon ante la fiscalía la aplicación de la suspensión de juicio a prueba, posibilidad que fue rechazada por el fiscal Toranzos.

La denegatoria se basó en razones de política criminal y la imposibilidad de aplicación de ese instituto por el carácter de funcionarios públicos de los acusados, tal como lo establece el artículo 76 bis del Código Penal cuando surge una pena conjunta, siendo en este caso la inhabilitación perpetua, agravante contemplado en el artículo 174 del mismo cuerpo normativo.

No obstante, al comenzar el juicio ante el Tribunal Oral Federal N°1, los defensores volvieron a solicitar la suspensión de juicio a prueba, planteo que nuevamente fue rechazado por la fiscalía y que fue seguido en la resolución por la jueza Snopek.

Las defensas alegaron que la previsión de inhabilitación del artículo 76 bis no es un impedimento legal, se pronunciaron por la tesis amplia de aplicación del instituto y destacaron el ofrecimiento realizado en materia de reparación del daño, que incluye el pago de 28 mil pesos y la decisión de sus clientes de auto inhabilitarse para el ejercicio de la función pública.

La oposición de la fiscalía a la concesión de la suspensión del juicio a prueba en este caso se funda en razones de política criminal establecidas en la resolución PGN 97/09.