Se declaró el estado de emergencia hídrica, vial, sanitaria y social en el norte de la provincia

Incluye a los departamentos Santa Victoria, Iruya, Orán, General San Martín y Rivadavia, por un plazo de ciento veinte (120) días

Gobierno 10/02/2018
pilcomayo- emergencia

Gobierno de Salta/ Con motivo de las intensas lluvias y desbordes de los ríos Bermejo y Pilcomayo y considerando que dichos fenómenos han producido grandes inundaciones, provocando el anegamiento de vastas zonas del territorio provincial, como así también cortes de rutas y caminos que han quedado intransitables, produciendo el aislamiento de varios parajes, entre otros numerosos inconvenientes; se declaró el estado de emergencia hídrica, vial, sanitaria y social en los Departamentos Santa Victoria, Iruya, Orán, General San Martín y Rivadavia, por un plazo de ciento veinte (120) días, a partir de la publicación del decreto Nº 237, suscripto por el el gobernador de Salta Juan Manuel Urtubey,  en acuerdo general de ministros

El decreto establece que la situación es de tal gravedad que ha provocado la evacuación de prácticamente la totalidad de los habitantes de la localidad de Santa Victoria Este y el aislamiento del municipio de Los Toldos por el derrumbe del puente internacional que une dicha localidad con La Mamora, en el Estado Plurinacional de Bolivia.

Asimismo indica que la crítica situación incide de manera negativa en la prestación de servicios básicos esenciales, como el suministro de energía eléctrica y agua potable, y la provisión de medicamentos e insumos de primera necesidad, afectando de ese modo la calidad de vida y poniendo en riesgo la salud y el bienestar de la población.

El decreto faculta a la Secretaría de Protección Civil, dependiente del Ministerio de Asuntos Indígenas y Desarrollo Social, a coordinar con los organismos nacionales, provinciales y municipales con competencia en la materia, todas aquellas medidas conducentes para dar solución a la situación de emergencia.

Autoriza a la Jefatura de Gabinete de Ministros y al Ministerio de Economía a disponer, mediante Resolución Conjunta, los refuerzos y/o distribuciones de partidas presupuestarias que resultaren necesarias para el cumplimiento del presente.

También autoriza a los Ministerios de Salud Pública, Economía, Asuntos Indígenas y Desarrollo Social, Seguridad e Infraestructura, Tierra y Vivienda a celebrar con el Estado Nacional, otras Provincias, Municipios y personas humanas y/o jurídicas los convenios que fueren necesarios para gestionar de manera eficiente la aplicación de los recursos que se destinen a contrarrestar y subsanar los efectos derivados de la situación de emergencia.

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