Éste es el decreto con las nuevas restricciones para frenar el avance del coronavirus

Coronavirus 08/01/2021
boletin

El Gobierno publicó el decreto en el Boletín Oficial que establece nuevas restricciones en busca de frenar el avance del Covid-19. Además de otros puntos, las medidas establecen que serán las provincias las que determinarán si aplican toque de queda en horario nocturno.
 
El jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, anunció la decisión de "fijar pautas" sobre los riesgos epidemiológicos para que cada gobernador determine las restricciones a la circulación nocturna frente al incremento de casos de Covid-19. La vigencia será hasta el 31 de enero.

El decreto que establece las pautas para que cada provincia defina las restricciones a la circulación de acuerdo a la situación epidemiológica y señala que "deberán priorizar la limitación de la circulación en el horario nocturno".


coe 2COVID: El COE define las restricciones que se aplicarán en Salta

El decreto 4/2020 señala que el primer parámetro que deberán tener en cuenta serán "la razón de casos, definida como el cociente entre el número de casos confirmados acumulados en los últimos CATORCE (14) días y el número de casos confirmados acumulados en los CATORCE (14) días previos, sea superior a UNO COMA VEINTE (1,20)".

El segundo es "la incidencia definida como el número de casos confirmados acumulados de los últimos CATORCE (14) días por CIEN MIL (100.000) habitantes, sea superior a CIENTO CINCUENTA (150)".

"Lo que se hace a nivel nacional es fijar pautas, pero luego quienes deben aplicar las medidas son las autoridades provinciales y locales", indicó Cafiero, quien precisó que la idea es "detallar cuáles son los indicadores epidemiológicos a la hora de tomar medidas de restricción de circulación para bajar los contagios".


CCDTVOBRQ5BQLHLKLB7KHB7EJUToque de queda: CABA, Mendoza, Córdoba y Santa Fe no, Jujuy por ahora tampoco

El ministro coordinador explicó que "el artículo del decreto que está vigente, que vence el 31 de enero, le da facultades a los gobernadores para restringir actividades o la circulación" y lo que se hace ahora es "fundamentar el riesgo epidemiológico" para la adopción de medidas.

La decisión se tomó luego de que la ciudad de Buenos Aires y las provincias de Córdoba y Mendoza expusieran sus reparos ante una eventual restricción a la circulación nocturna y cierre de actividades, frente a lo cual el Gobierno dispuso que cada distrito defina las medidas a partir de las nuevas pautas.

Asimismo, se mantiene por dos semanas el cierre de fronteras, y la suspensión de los vuelos desde y hacia Reino Unido e Irlanda, donde se detectó una de las nuevas cepas de coronavirus que más preocupan. El Gobierno también recomendó no viajar a EEUU ni a Europa.

coe

Aclaró sin embargo que Migraciones "determinará y habilitará los pasos internacionales que resulten adecuados para el ingreso al territorio nacional de nacionales o extranjeros residentes en el país y extranjeros no residentes que sean parientes directos de ciudadanos argentinos o residentes, y para el egreso de las personas del territorio nacional y la individualización de los supuestos de excepción".

Como novedad, solo "aquellas personas que hayan egresado del Territorio Nacional por medio de pasos fronterizos terrestres entre los días 1° de abril de 2020 y 25 de diciembre de 2020, podrán ingresar por cualquiera de los pasos habilitados a tal efecto. El resto solo podrán ingresar por Ezeiza, el aeropuerto de San Fernando o por la terminal portuaria de Buquebús.

Cafiero advirtió que "no hay que permitir que sigan avanzando los casos para no saturar el sistema de salud" y que para ello las autoridades deberán contemplar "medidas que restrinjan la circulación o las actividades nocturnas".

Te puede interesar
Lo más visto

Recibí en tu mail los títulos de cada día