Jubilados: ¿De qué se trata el bono adicional de $ 5 mil y quiénes lo cobran?

Nacional 29/07/2021
bono adicional de $ 5 mil

Con los haberes del mes de agosto, los titulares de jubilaciones, pensiones, pensiones universal de adulto mayor (PUAM) y pensiones no contributivas que reciben sus prestaciones en la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) y que no superen los $51129,4, cobrarán un bono excepcional para compensar la pérdida del poder adquisitivo producto del aumento de precios.

El monto del bono ascenderá a la suma de $5000 para todos quienes perciban el monto de hasta dos jubilaciones mínimas ($46129,4). Para el resto del colectivo, se abonará una suma equivalente a la diferencia entre $46129,4 y $51129,4. Es decir, los titulares que cobren hasta $46129,4, recibirán el bono completo de $5000 y los titulares que perciban menos de $51129,40, cobrarán esa cifra total, pues su bono les adicionará la diferencia entre su percepción mensual y el límite aludido.

Es importante destacar que este bono, se percibirá por única vez, por lo que no quedará como suma fija en el haber mensual pagándose por titular y no por beneficio. Para los cálculos, se sumarán la totalidad de las percepciones mensuales del titular, aunque se trate de distintas prestaciones.

Para lograr el cobro del bono no se requiere hacer ningún trámite en especial, simplemente se verá reflejado con los haberes de agosto, según cronograma de pagos normal.

Esta medida de excepción, en este contexto de pandemia y dificultades económicas, es bien recibido puesto que la calidad de vida debe compensarse con un sentido de inmediatez, no resultando útil a los efectos del análisis de la indemnidad ninguna suma futura. La calidad de vida perdida no se devuelve.

En los últimos años, ya hemos estado en presencia de secuencias similares. La necesidad de compensación al sector pasivo mediante pagos de sumas graciables, nos enfrenta a la necesidad de un debate más profundo, que busque las razones por las cuales sistemáticamente deben buscarse medidas excepcionales para intentar paliar las dificultades económicas del colectivo.

Dos focos de análisis pueden servir de disparadores para el análisis: el modo en el que se determina el haber inicial y la movilidad posterior. Esto es, cómo se calculan los primeros montos de las prestaciones y cómo se deben mantener actualizadas.

Evidentemente algo está fallando. La determinación del haber jubilatorio parte de un cálculo que toma en cuenta la cantidad de años de servicios y el promedio de remuneraciones actualizadas percibidas por un titular durante los 120 meses anteriores al cese en la actividad (Prestación Compensatoria –PC- y Prestación Adicional por Permanencia –PAP.

A ello, se le adiciona una suma básica y universal (Prestación Básica Universal –PBU-).

Un titular que ha trabajado los 30 años que exige la normativa para acceder a la jubilación, por los primeros dos conceptos mencionados, va a percibir un 45% de ese promedio de remuneraciones actualizadas. A ello, se le sumará la PBU, que hoy asciende a $10551,05.

Esto nos arrojará una tasa de sustitutividad (porcentaje que viene a relacionar el haber jubilatorio con lo que se percibía en la vida activa y que debe garantizar el mantenimiento del nivel de vida en el traspaso de la actividad a la pasividad) variable según cómo impacte en el monto final la suma fija y universal (PBU).

Con este haber jubilatorio determinado por única vez, comienza a aplicarse la movilidad jubilatoria, para que los montos sean actualizados y no pierdan su razón de ser: la cobertura de la contingencia de la pérdida de fuerza laboral a través del pago de una suma que garantice el sostenimiento del nivel de vida.

Los índices para actualizar las remuneraciones percibidas, los porcentajes de pago de la PC y la PAP, el monto de la PBU y la movilidad, son aspectos que deben ponerse en debate para que no sean necesarios pagos graciables y excepcionales.

Con una vida entera de trabajo brindada a la sociedad, con aportes personales o con aportes impositivos, el colectivo de personas mayores, que ya no pueden ni deben reinsertarse a la vida laboral, deben ser incluidos en la previsión social con prestaciones dignas que no requieran de la voluntad del gobierno de turno para poder transitar las últimas etapas de su vida con júbilo.

La etapa de la postpandemia debería encontrarnos dando estos debates profundos, buscando una inclusión universal al sistema previsional que reconozca el esfuerzo contributivo, generando prestaciones suficientes y de calidad que no requieran la “ayuda” excepcional para alcanzar la satisfacción de necesidades básicas.

Ese es el desafío. En el mientras tanto, buenos son los bonos. /Crónica

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