En el Juzgado de Garantías 6 en feria, Guido Efraín Quipildor (31) fue condenado en juicio abreviado a la pena de un año y cuatro meses de prisión condicional por los delitos de atentado a la autoridad agravado, lesiones leves agravadas por el género y por la relación de pareja previa, daños y desobediencia judicial, todo en concurso real. La jueza Ada Guillermina Zunino ordenó la libertad del condenado por la modalidad de la pena dictada y le ordenó cumplir una serie de reglas de conducta por el término de dos años.
Entre ellas, fijar domicilio e informar a la comisaría más cercana a su domicilio cualquier cambio en el término de 48 horas; prohibición de acercarse a la víctima, a su domicilio real o laboral o a cualquier lugar que frecuente en un radio de 300 metros; prohibición de mantener cualquier tipo de contacto con la víctima, por cualquier medio; prohibición de ejercer actos de violencia física o psíquica en su contra; someterse al Programa de Intervención con Agresores de Violencia de Género previa admisibilidad gestionada ante la Fiscalía Penal de Violencia Familiar y de Género 5; entre otras obligaciones.
La jueza ordenó además que se implante consigna policial fija en el domicilio de la damnificada durante treinta días, con posibilidad de ser prorrogada en caso de ser necesario. Finalmente, dispuso la extracción de muestras del condenado para su inscripción en el Banco de Datos Genéticos.
El imputado fue denunciado por su pareja, a quien agredió físicamente. La víctima llamó al Sistema de Emergencia 911 y, al arribar el personal policial, Quipildor se resistió a ser demorado, lanzando golpes y patadas. Además, rompió un televisor en el domicilio de la damnificada.