Padrastro abusador: “Es un psicópata que goza con el sufrimiento ajeno”

Justicia28/12/2023
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Tiene 34 años y fue condenado a 12 de prisión por abusar sexualmente y de forma continuada a la hija de su pareja de 13 años, los vejámenes fueron tales que incluso la llevó a moteles alojamiento. La pericia psicológica reveló que el condenado es “un narcisista con impulsos agresivos”, pero que en todo momento busca mostrarse como “una buena persona”.

El aporte dado por los peritos, como en la mayoría de los casos, fue clave para determinar la responsabilidad penal de un hombre condenado por el delito de abuso sexual con acceso carnal continuado agravado por la guarda, en concurso ideal con corrupción de menores agravada.

En la etapa final del debate, luego de escuchar a varios testigos, familiares, a la víctima y al propio acusado sobre los vejámenes sexuales padecidos por una niña de 13 años a manos de su padrastro, quien no tuvo reparo en someterla de manera reiterada, incluso en moteles alojamientos, a donde la obligó a ingresar con un casco de motocicleta para no ser descubierto.

Previo a los alegatos, la jueza Gabriela Romero Nayar, llamó a declarar a la psicóloga, que examinó psicológicamente al imputado, quien negó la acusación en su contra en todo momento, incluso fue más allá y cargó la culpa en la propia víctima.

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Al describir su personalidad, lo hizo como “una persona mendaz”, que “muestra un perfil de personalidad absolutamente diferente al que en realidad es”, pues siempre se vale de “una fachada” para ocultar sus verdaderos pensamientos y sentimientos.

El acusado presenta “un discurso lleno de contradicciones y de ambigüedades”, lo que el tribunal y las partes pudieron advertir en el mismo debate, cuando prestó declaración, instancias en la que incurrió en “contradicciones groseras”. Sobre ello, la licenciada explicó que “disocia entre lo que es y lo que dice, sin mostrar sus verdaderas intenciones”, las que pueden ser dobles, pero nunca sus verdaderas intenciones.

“Se muestra ante todo el mundo como una buena persona”, agregó, quien tomó como ejemplo el hecho de que algunos familiares, al enterarse de los abusos sexuales cometidos a la menor, demoraron en “creer que él podía llegar a hacer esto”, casualmente, por esa fachada que crea sobre su persona.

Narcisista

Fuera de esa cobertura, definió al acusado con una conducta invasiva que niega los defectos evidentes de su personalidad. “Es una persona narcisista que tiende a priorizar su propia satisfacción por sobre la de los demás, que hace uso del otro en detrimento de lo que necesita”, agregó.

Señaló que en todo momento “busca dominar”. Y para ello despliega una figura masculina autoritaria, aplastante y desconsiderada. Por otra parte, está claro que “percibe a la mujer como fácil y accesible”, de quien puede hacer uso “en pos de obtener lo que desea para sí”.

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Asimismo, puede desplegar modos de proceder insidiosos, impulsivos, agresivos, desregulados, no mediatizados ni refrenados por el control a través de lo racional. “Su comportamiento se caracteriza por el desborde y por las maneras de cómo invade los espacios ajenos, en ocasiones en formas desconsideradas. Por ello, le cuesta tener control sobre sus conductas, sin embargo, se posiciona en un lugar desimplicado subjetivamente, despersonalizado en relación a su actuar y responsabilizando al otro”, resaltó.

Ya a modo de conclusión, la testigo definió al acusado con “una personalidad psicopática y, por ende, narcisista, no reconoce al otro y busca siempre su propia satisfacción: goza con el sufrimiento ajeno”. Respecto a cuál sería su objeto de deseo, la profesional dijo que “si bien tiene una conformación heterosexual, su objeto de deseo puede ser desde la mujer, no tiene margen etario, adulta, adolescente o niña, un objeto sexual indiscriminado y ambiguo”.

Para la jueza, en tanto, el técnico de la psicóloga fue claro y contundente, pues coincidió en todo con la apreciación expuesta sobre la personalidad del acusado, en particular por las contradicciones evidenciadas, explicaciones exacerbadas y la firme postura de “poner la culpa o responsabilidad en otros, en alardear con el castigo divino. “Lo cierto es que la descripción de personalidad realizado, no dejan lugar a dudas de que es un sujeto capaz de llevar a cabo actos de estas características”, sostuvo la jueza en su fallo.

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