



La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó en agosto el monto a partir del cual requiere que el comercio notifique información del consumidor final.
Esta medida, que ya estaba en práctica, busca mejorar la fiscalización y combatir la evasión fiscal, adaptándose a la inflación y a los cambios en el poder adquisitivo.
Además, fomenta el uso de métodos de pago electrónicos y la formalización de transacciones, alineándose con las políticas de transparencia económica del gobierno.
¿A partir de qué montos AFIP exige información del consumidor?
A partir de agosto, AFIP pedirá información sobre los consumidores cuando las compras con tarjeta de crédito, débito, medios electrónicos como QR, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios de pago conformes a la normativa del Banco Central de la República Argentina superen los $344.488.
En el caso de pagos con efectivo, las facturas deben igualar o superar los $ 172.244.
Si la compra supera los montos mencionados, la AFIP requiere que el comerciante recabe y declare la siguiente información del consumidor:
- Apellido y nombre completo.
- Domicilio.
- Número de documento (DNI, LE, LC, Pasaporte o CI).
- CUIT, CUIL o CDI, en caso de corresponder.





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