Tema que resonó a lo largo del año fue el proyecto tratado y aprobado en la Legislatura, el cual modifica el Código Fiscal que contempla el “fondo estímulo” que reciben trabajadores de la Dirección General de Rentas, poniéndole un tope a ese pago, el cual en muchos casos constituía hasta casi un 50% más del salario.
Ahora hubo novedades pues el Gobierno de la Provincia publicó a través de la Ley N°8473, la modificación al art. 380, del Decreto Ley Nº 9/75, por el cual se acreditará con el diez por mil (10 %o) del importe de la recaudación de impuestos, tasas y contribuciones cuya percepción efectúe la citada repartición, más el veinticinco por mil (25 %o) sobre el incremento interanual registrado en cada mes y se debitará por las sumas que se destinen al otorgamiento de premios de estímulo al personal de la citada dependencia.
Así también, el monto de los premios de estímulo no podrá nunca, exceder el monto equivalente a un sueldo que por todo concepto, remunerativos o no, sean percibidos por cada beneficiario, sin incluir para dicho cálculo este premio.
Cabe recordar que fue a principios de mes cuando, en la Cámara de Senadores, tras el tratamiento y aval pertinente en la Cámara de Diputados, dio luz verde a la normativa con las nuevas modificaciones regulando este Fondo Estímulo, con el cual, en algunos casos, los ingresos de los empleados de rentas habrían superado considerablemente el sueldo sólo en ese concepto.