



El día miércoles fue publicada en el Boletín Oficial N°340, la reforma del derecho a huelga firmada por el presidente y sus 9 ministros. La nueva disposición se funda en lo propuesto en el DNU en su capítulo laboral, el cual no fue aprobado por la justiica tras una presentación de la CGT, sin embargo, esto no le puso freno y logró concretarse.
Muchos de los líderes de los gremios argentinos afirman que lo dispuesto atenta contra el derecho a huelga que los ampara, tal como lo cita el líder de los Aeronavegantes Juan Pablo Brey, según la nota publicada en INFOBAE.
El reclamo de los gremialistas se funda en que se exige que en caso de los "servicios esenciales ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75% de la prestación normal del servicio de que se tratare”, o “en el caso de las actividades o servicios de importancia trascendental, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 50%”, como medida protectora de los ciudadanos y para garantizar su acceso al transporte, salud, servicios bancarios, eléctricos, entre otros que integran estas categorías.
Quedando así reformado la Ley Laboral N°25877, dando origen a mucha resistencia por parte de los dirigentes, anunciando futuros reclamos y protestas, medidas de fuerza en orden al desacuerdo y repudio total por considerar que viola un derecho constitucional protegido también por la Organización Internacional del Trabajo.






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