Animales envenenados en San Luis: El fiscal insiste con la detención del dueño de la finca
Paralelamente el CIF confirmó que el agua de red y de pozo no se encuentra contaminada con el veneno, aunque adelantó que harán un segundo estudio sobre las muestras obtenidas.
Los vecinos de San Luis, preocupados y rehenes de un litigio judicial fueron informados de que el agua de red y pozo que consumen no está contaminada con carbofurán, el potente pesticida que terminó con la vida de al menos 40 animales. Sin embargo peritos del CIF realizarán un segundo estudio sobre las muestras.
Paralelamente el fiscal Gabriel Portal repudió la decisión que tomó el juez de Garantías Diego Rodríguez Pipino, que liberó a Roberto Flores, empleado de la finca en cuestión y por no ordenar la detención del propietario de la finca Sebastián Saravia Zenteno, cuando se presentó en la justicia.
Al ser comunicado de esas novedades, de inmediato apeló la decisión donde consideró que le ocasionó “a este Ministerio Público un perjuicio de imposible reparación ulterior”. Consideró que existen elementos de convicción para sostener como probable la participación punible de los imputados y que es evidente el riesgo de fuga y de entorpecimiento de la averiguación, razón por la cual solicitó”.
Flores se encuentra imputado por amenazas, actos de maltrato y crueldad animal en concurso real y Sebastián Saravia Zenteno por maltrato y actos de crueldad contra los animales, por los hechos ocurridos en barrio El Refugio, sobre ruta provincial 87, donde residen unas 60 familias que se vieron afectadas por el accionar de quienes “arrojaron sobre una extensión del terreno que bordea la finca donde realizan su actividad de lucro, trozos de carne conteniendo Carbofurán”.
El fiscal consideró que la medida tomada por el juez “ha entorpecido la labor de este Ministerio Fiscal, ha generado con mayor intensidad el riesgo procesal, el cual no es posible de ser neutralizado en el tiempo con una medida de coerción menos gravosa”.
Finalmente, antes de pedir la revocación de la medida del Juez, insistió en que “la naturaleza del hecho endilgado a los imputados se vincula con una gravísima afectación al bien jurídico protegido”, es decir, “la vida humana y la integridad psíquica -física de las personas, de sus bienes, sus afectos, su entorno y la biodiversidad, teniendo presente los resultados dañosos hasta el momento acreditados”.