Rentas: Se extiende el plazo para la moratoria y con beneficios para los salteños
Gustavo De Cecco, director de Rentas, comentó a InformateSalta que el plazo se amplió hasta el 31 de agosto, con facilidades a los contribuyentes que quieran adherirse. ¿Cuáles son y cómo hacerlo? ¡Mirá aquí!
El Ministerio de Economía y Servicios Públicos del Gobierno de Salta ha anunciado que, mediante el Régimen Especial y Transitorio de Regularización de Deudas Provinciales (Ley 8183) y el Decreto 272, se ha establecido una moratoria que permitirá hasta el 31 de agosto de 2020, ponerse al día en el pago de las obligaciones tributarias adeudadas al 31 de marzo de 2020.
Al respecto de este tema InformateSalta dialogó con Gustavo De Cecco, director general de Rentas, quien amplió los detalles sobre el régimen de regularización. “Esta es una moratoria que abarca el periodo hasta marzo del 2020, se puede incluir todos los periodos e impuestos que recaude Rentas y que se hayan devengado hasta el 31 de marzo del 2020, (y) el plazo de acogimiento que tiene el contribuyente para esta moratoria es hasta el 31 de agosto de 2020”, sintetizó.
Del mismo modo precisó que la adhesión a la moratoria establece beneficios “que corresponden a la quita de intereses punitorios y resarcitorios, reducción de multas, según la modalidad de pago”, aclaró De Cecco. Según explicó si el pago se hace de contado, las reducciones son mayores, y si es mediante plan de 6 a 48 cuotas, la reducción de multas en intereses merma conforme se incrementa la cantidad de cuotas que usa el contribuyente.
Por otra parte comentó que la moratoria establece un “mecanismo novedoso”, el cual “otorga beneficios a los contribuyentes cumplidores”. Los mismos consisten en “una reducción en los impuestos a la actividad económicos de los meses de junio a diciembre y la exclusión de los padrones bancarios donde al contribuyente le hacen la exclusión por un plazo de abril a junio, y se le da la posibilidad de diferir el pago del impuesto”.
Así sumó que a aquellos contribuyentes “supercumplidores que nunca adhirieron a ninguna moratoria, pueden diferir el pago hasta 3 meses y además el descuento, en vez de ser 10% en junio y diciembre, se le adhiere 5% más en cada uno de los meses”.
“Como consecuencia de la pandemia, se resolvió ampliar el plazo de adhesión, pasando del 31 de junio hasta el 31 de agosto”
Si bien por ahora están atendiendo con turnos en las oficinas, De Cecco comentó que es posible adherirse a la moratoria vía web en la página de la DGR donde “con la clave fiscal se puede entrar en la opción de la moratoria y hacerlo por ahí, con el pago del anticipo por uno de los medios electrónicos”.