Juicios sucesorios: ¿Quién hereda y quién no?

El abogado Francisco Díaz explicó que el nuevo Código Civil excluye de la herencia a la nuera viuda sin hijos y permite dejarle "más dinero" a quien prefiera el benefactor. Dictará una charla a jóvenes abogados el próximo martes para despejar todas las dudas. Lo que hay que saber.

Justicia09/06/2018
herederos

En la Argentina, si una persona fallece no puede dejarle todos sus bienes a otra a través de un testamento ya que en la actualidad rige la figura de los herederos forzosos, es decir, los descendientes, ascendientes y cónyuge reciben una porción de la herencia independientemente de la voluntad del difunto.

No obstante, Francisco Díaz, representante del estudio AlfoMega y miembro de la comisión de Padrinazgo del Colegio de Abogados, en diálogo con InformateSalta, explicó que pueden disponer de una parte del total de sus bienes para dejarles a quien prefieran, que a partir del nuevo código Civil, se incrementó a un tercio. “Antes era un 20%, ahora se aumenta un 33%”, dijo.

Además explicó que se derogó el derecho hereditario de la nuera viuda sin hijos, lo que significa, que a partir de ahora no tendrán derecho a la parte de los bienes que le hubieren correspondido a su esposo. ¿Lo sabías?

Para quitarte estas y muchas más dudas, Díaz, junto a otros profesionales, dictará un curso gratuito sobre “procesos sucesorios” que se realizará el próximo martes 12, de 14 a 16 horas, destinado a los jóvenes con menos de 10 años de ejercicio en la profesión de abogado.  “La primera hora y media va a ser una charla de carácter informal y después la última etapa va a ser netamente técnica y jurídica”.

En ese marco, explicó que dentro de la ciudad de Salta, un 20% de las propiedades están pasando por un proceso sucesorio. “No existe sucesorio de 2 pesos, cualquier propiedad vale 1 millón de pesos, y mientras más se demora, más se pelean los familiares, este trámite normalmente dura tres años, la idea es ayudarlos a hacerlo en dos años”, explicó.

En la oportunidad, explicó que aumentó la ley de aranceles al 15% como base mínima. “Antes teníamos el 13%, pero también es bueno decir que se puede extender entre el 15 y el 40%”, dijo.

Por último, detalló que antes de iniciar el proceso sucesorio, es necesario realizar la autorización del poder, el convenio de honorarios y la firma del mandato.

 

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