Abusos eclesiásticos: Presentaron un recurso de inconstitucionalidad por el sobreseimiento de Aguilera

El fiscal de Impugnación, Rodolfo Ovejero, interpuso un recurso de inconstitucionalidad por "arbitrariedad y gravedad institucional", en contra de la resolución que sobreseyó y dejó en libertad al sacerdote José Aguilera, acusado de abuso sexual.

Justicia04/07/2019
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El pasado 12 de junio, el juez Adolfo Figueroa, vocal de la Sala II del Tribunal de Impugnación decidió hacer lugar a la apelación presentada por la defensa del sacerdote José Aguilera, acusado de abusar sexualmente de dos hombres, respecto a la prescripción de la causa por lo cual fue sobreseído y puesto en libertad.

Sin embargo, en la jornada de este jueves, el fiscal de Impugnación, Rodolfo Villalba Ovejero, interpuso un recurso de inconstitucionalidad por arbitrariedad y gravedad institucional, en contra de la resolución de Figueroa que le dio la libertad a Aguilera.

Según la información que compartió el sitio Fiscales Penales, Ovejero solicitó que el recurso se eleve ante la Corte de Justicia de Salta; que se tenga presente la reserva de ampliar los fundamentos y dejó “expresa reserva del caso federal, a los fines de -eventualmente- interponerse el recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación”. Del mismo modo, pidió que “oportunamente, se acoja la pretensión deducida”, se revoque la decisión y se ordene la inmediata detención del imputado José Carlos Aguilera”.

juan carlos aguilera

Dicho recurso de inconstitucionalidad señala que “se impulsa la impugnación…en el entendimiento que al imprimirse el pronunciamiento de referencia incurrió la Alzada en un grave error de orden legal, que lo torna arbitrario y atentatorio contra elementales postulados de nuestro Estado de derecho”.

Además, Ovejero agregó que se incurrió en vicios esenciales en la interpretación del derecho con impacto en el proceso penal constitucional y que fue “un error determinante del fallo en cuestión, al mostrarse arbitrario por haberse formulado prescindiendo del principio de legalidad”.

El Fiscal también hizo notar que “la resolución cuestionada sólo puede ser examinada por la Corte de Justicia local, en el especial contexto del recurso de inconstitucionalidad” y que en el caso en particular, concurren falencias o errores notorios y manifiestos que viabilizan dar trámite al recurso, porque la controvertida resolución “emerge huérfana de fundamentos suficientes para sustentarla, desprovista de todo apoyo legal y fundada tan sólo en la voluntad del juez que la suscribe”, es decir, el magistrado Adolfo Figueroa.

Finalmente, el fiscal recalca que “no se ha extinguido la acción penal en torno de los hechos atribuidos al inculpado Aguilera. Ello fundado -como se expresara- en la particular gravedad de los eventos suscitados y los mecanismos utilizados para lograr la impunidad de tan repudiable accionar”.

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