Confirmaron la condena por el homicidio de Maximiliano Zapana

El hecho ocurrió en mayo del año 2011, cuando dos grupos de jóvenes antagónicos se enfrentaron fuera de un local bailable. Maximiliano Zapana recibió una estocada mortal en el cuello.

Policiales 09/06/2014

La justicia Salteña reiteró la condena a tres años de prisión efectiva para Alfredo Gonzalo Aguirre, por resultar partícipe necesario del delito de homicidio simple agravado por la participación de un menor de 18 años. En el mismo fallo, se condenó a Diego Armando Terán a 15 años de prisión por resultar autor penalmente responsable del delito de homicidio simple agravado por la participación de un menor de 18 años, en concurso real con el delito de robo simple. Finalmente, se encontró al menor M. L. M. penalmente responsable como partícipe necesario del delito de homicidio simple.

Las defensas técnicas de los tres imputados habían planteado la casación argumentando una supuesta “inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva” e “inobservancia de las pautas de razonabilidad en la formación de convicción”.

El hecho ocurrió en mayo del año 2011, a partir de una discusión verbal en el interior del local bailable Skombro´s, tras lo cual los integrantes de dos grupos antagónicos se desafíaron a pelear. En uno de los bandos, conocido como Provipo, estaban Terán, M. L. M. y Alfredo Gonzalo Aguirre. En el otro, estaba la víctima, Gerardo Maximiliano Zapana. La gresca se inició en la calle, a la salida del boliche. Allí, en un momento, Zapana fue acorralado por Terán, M. y Aguirre. El primero, con el apoyo de los dos restantes, le asestó a Zapana una estocada en el cuello, con un elemento punzo cortante que portaba.

Terán también fue acusado de agredir a una joven del grupo opuesto, a quien le robo un par de zapatillas.

Al rechazar los recursos de casación interpuestos, el Alto Tribunal remarcó finalmente que el fallo tuvo en cuenta los aspectos relevantes de la prueba reunida. “De su lectura se advierte que la totalidad del material probatorio ha sido valorado con criterio racional y de forma particularizada, en un contexto integrador que permitió fijar la verdad histórica de lo acontecido, su autoría, su calificación típica, otorgando al fallo una base suficiente y legal”, especificó.

Fuente: Parte de prensa

Te puede interesar
Lo más visto

Recibí en tu mail los títulos de cada día