Las duras declaraciones de Federico Mangione, gerente del hospital Materno Infantil, generaron revuelo. Desde la Asociación de Clínicas y Sanatorios Privados de la Provincia de Salta (Aclisasa) lo cruzaron. Mariano Gutiérrez, vocero de la entidad, aseguró a El Tribuno que Mangione tuvo una postura "política". "Indica 42 intervenciones quirúrgicas y en enero se oficializó la ley. Eso te da menos de una intervención por día, con lo cual es imposible saturar un quirófano con eso", cuestionó.
En cuanto a los pedidos quirúrgicos de IVE, Gutiérrez resaltó que no "son tantos como se decía". "Trabajo en una clínica grande y no hubo un pedido. Sí hay farmacólogicos (NdelaR: intervención mediante misoprostol), pero eso ya lo maneja cada médico con su paciente", aseveró.
El representante de las clínicas indicó que tras aprobarse la ley en una reunión se les informó a los asociados que no podían oponerse a la ley. No obstante, sí coincidió con Mangione en que el problema son las obras sociales por no proveer las correspondientes derivaciones.
"Ninguna clínica ni hospital son objetoras. Las instituciones en Salta son abiertas, es decir que un médico puede operar en tres clínicas diferentes. Entonces las entidades no son objetoras, sino los médicos. El problema es que hay pocos médicos que no sean objetores, situación que no pasa en otras provincias", comparó.
Las obras sociales se comunicaron mediante una nota con cada una de las instituciones sanitarias privadas para saber si realizarían las practicas. "Nosotros contestamos que sí, pero que, en caso de no tener el médico, que ellos lo traigan", aseveró.
Gutiérrez derivó además la mirada al Colegio de Médicos y pidió que pongan a disposición un listado de profesionales objetores y no objetores. El Tribuno intentó comunicarse con el presidente del Colegio de Médicos, José Julio Loutauyf, que se limitó a remitir la solicitud a la página web en la que aún está vigente el comunicado emitido en noviembre del año pasado con el que se declaraba en contra de la iniciativa que por entonces estaba en plena discusión: "El aborto no es una actividad médica, no es una práctica aceptada por el Colegio", reza el escrito. Postura que sostienen.
Según indicó Gutiérrez, las clínicas no están obligadas a buscar un médico sino las obras sociales. Sin embargo, la ley 27.610 indica en su artículo 11 sobre las obligaciones de los establecimientos de salud: "Aquellos efectores de salud del subsector privado o de la seguridad social que no cuenten con profesionales para realizar la interrupción del embarazo a causa del ejercicio del derecho de objeción de conciencia de los médicos, deberán prever y disponer la derivación a un efector que realice efectivamente la prestación. En todos los casos se debe garantizar la realización de la práctica conforme a las previsiones de la presente ley", reglamenta y asegura que quien realice la derivación deberá cubrir los gastos de derivación y traslado.
Mientras que en el artículo 12 indica que las obras sociales incluidas en las leyes 23.660 y en la ley 23.661, además de las coberturas sociales de sectores públicos como judiciales o jubilados y las prepagas incluidas en la ley 26.682, entre otras, deben incluir la cobertura de la IVE dentro de su Plan Médico Obligatorio.