La Justicia salteña sentó un novedoso precedente con un fallo que fijó alimentos provisorios a favor de una embarazada en extrema vulnerabilidad. A instancias de la Defensoría Oficial Civil Nº 4, a cargo de Natalia Buira, Secretaría Letrada de Mariela del Carmen Jiménez, una mujer de 32 años promovió el juicio de alimentos con seis meses de embarazo, luego de que el progenitor presunto, ante su estado de gravidez, cortara una relación sentimental de nueve años tornándose violento y desentendiéndose totalmente.
La mujer embarazada se encontraba en situación de extrema vulnerabilidad, ya que como consecuencia de un accidente laboral quedó con problemas de salud y tuvo que jubilarse, cursando un embarazo de riesgo y sin obra social, ya que el PAMI no cuenta con plan materno.
Mujeres embarazadas pueden recurrir al Ministerio Público de la Defensa para pedir alimentos al progenitor, no tienen que esperar el nacimiento para solicitarlos.
La jueza de Personas y Familia de Tercera Nominación, Claudia Noemí Güemes, hizo lugar al pedido, en vista de que el artículo 665 del Código Civil y Comercial de la Nación establece que la mujer embarazada "tiene derecho a reclamar alimentos al progenitor presunto con la prueba sumaria de la filiación alegada", publicó El Tribuno.
La primera condición que requiere la norma es la existencia de un embarazo que debe acreditarse fehacientemente. Luego se requiere la prueba sumaria de la filiación.
El Juzgado fijó en concepto de cuota alimentaria provisoria el 40% de un salario mínimo, vital y móvil vigente a la fecha de cumplimiento de la obligación, a pagar de manera inmediata y dentro las 48 horas de notificada la sentencia. Esto, bajo apercibimiento de que, en caso contrario, las sumas debidas devengarán una tasa de interés equivalente a las más altas que cobran los bancos a sus clientes, según las reglamentaciones del Banco Central, además del adicional que pudiera corresponder en la sentencia definitiva.
El progenitor presunto también fue apercibido de que, en caso de desobediencia, sus antecedentes se remitirán al Registro de Deudores Morosos Alimentarios y se dispondrán otras medidas como la prohibición de salida del país, la imposición de tareas comunitarias y restricciones para renovar el carnet de conductor con orden de secuestro.
El caso
La demanda se presentó el pasado 9 de abril y la sentencia, que se conoció días atrás salió en solo dos meses. "El deseo de esta Defensoría es que se conozca que las mujeres embarazadas pueden recurrir al Ministerio Público de la Defensa para pedir alimentos al progenitor, ya que no es frecuente que lo hagan, porque creen que tienen que esperar el nacimiento para solicitarlos", remarcó Buira. Explicó que esta creencia se debe a que antes de la reforma del Código Civil y Comercial de la Nación, que tuvo lugar en 2015, "no se permitía la fijación de alimentos para las mujeres embarazadas, a pesar de que existían aislados precedentes judiciales que sí los otorgaban".
La defensora pública aclaró que la reforma consagró un derecho de la mujer gestante para la atención de sus necesidades de alimentación, salud, vestuario, vivienda, atención del parto y puerperio. "El derecho establecido en el artículo 665 del Código Civil y Comercial de la Nación existe con independencia de que la mujer esté casada, separada de hecho, divorciada, en una unión estable que no configure una unión convivencial, soltera, en una unión convivencial, o sin configurarse una relación estable", detalló.
La funcionaria del Ministerio Público recordó que Unicef, en sus informes, "ha expresado que del número de mujeres embarazadas que mueren, una cantidad significativa tiene por causa la anemia durante el embarazo". Precisó que los informes también señalan que casi un tercio de las muertes infantiles ocurren en el primer mes de vida. "Es por todo esto que la protección de la mujer embarazada es tan importante y los juicios de alimentos son tan indispensables para lograr en parte dicha protección", acotó Buira, tras recalcar que este tipo de demandas se inscriben en un imperativo unido a la procreación responsable.