Un padre deberá pagar el 50% de cuota alimentaria por sus tres hijas

Justicia 15/12/2021 InformateSalta InformateSalta
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La sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial hizo lugar a un recurso de apelación y fijó la cuota alimentaria a favor de tres hijas en un cincuenta por ciento de los haberes que por todo concepto perciba el hombre en su empleo con la sola exclusión de los descuentos obligatorios de ley, más igual proporción de sueldo anual complementario, más obra social y asignaciones familiares.

En una primera instancia el monto había sido fijado en el 40%, pero las necesidades variaron considerablemente desde el 2009 cuando el acuerdo fue homologado. Por esto un recurso fue presentado haciendo foco en que la cuota alimentaria no puede permanecer inmutable en el tiempo. Aquel acuerdo había sido fijado por una suma semanal de treinta pesos y dos bolsones de pañales de diez unidades, dos kilos de leche, cien pesos en concepto de mercadería en forma quincenal compra de vestimenta por el valor de 80 pesos y una garrafa de gas envasado en forma mensual.

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El juez Alejandro Lávaque recordó que el derecho alimentario deriva de la responsabilidad parental: “el derecho alimentario comprende la satisfacción de las necesidades de los hijos de manutención, educación, esparcimiento, vestimenta, habitación, asistencia, gastos por enfermedad y los necesarios para adquirir una profesión u oficio, contemplándose además que el rubro puede estar constituido por prestaciones monetarias o en especie”.

La doctrina tiene dicho que “sin necesidad de producir prueba concreta al respecto, puede solicitarse un incremento de la cuota fijada para la hija menor en razón de su mayor edad”. Para la determinación del monto de la cuota, debe tenerse en cuenta el aumento del costo de la vida actual sobre todo luego de los aumentos de precios de los alimentos de la canasta básica y otros rubros comprendidos en la obligación alimentaria, puntualizó.

La hija mayor, de 19 años, posee certificado de discapacidad al padecer retraso mental moderado. Comentó el juez considerando la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

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