Por el conflicto con LUSAL, el Ente Regulador lleva a la Municipalidad ante la Corte

Sociedad 01/09/2022 InformateSalta InformateSalta
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En medio de las críticas a la empresa LUSAL por un servicio que deja mucho que desear, un contrato de alto costo que no cubre las necesidades de los vecinos, aumentos sorpresivos, entre otras cuestiones, ahora el Ente Regulador de Servicios Públicos anunció que llevará ante la Justicia el conflicto de poderes con la Municipalidad de Salta respecto a la regulación y control del servicio público de energía eléctrica.

Esta decisión se dio a conocer mediante la resolución 1176/22, con la cual el directorio del Ente resolvió plantear el conflicto de poderes con la intendencia capitalina ante la Corte de Justicia. “La controversia se concentra en la negativa del Departamento Ejecutivo Municipal de dar intervención al Concejo Deliberante por decisiones tributarias que fueron objetadas por el ENRESP y que implicaron la firma de convenios de cobranzas que nunca habían sido autorizados y de los cuales un porcentaje queda a favor de la distribuidora”, argumentaron.

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A eso cuestionaron los casos “de doble y triple cobro del Impuesto Inmobiliario”, como así la Tasa de Prevención y Protección de Bienes y Personas, la creación ilegal de una unidad parcelaria transitoria y defectos informativos. “La solución está en la Corte de Justicia que deberá resolver si deben corregir las formas en que se cobran los tributos municipales y dar garantías a los usuarios y contribuyentes”, declaró el presidente del Ente, Carlos Saravia.


“Advertimos una negativa injustificada de los poderes públicos de la Municipalidad de Salta”


Medidas para LUSAL

En este mismo sentido el organismo ordenó que la empresa LUSAL continúe el mantenimiento del alumbrado público anexado a la factura de energía eléctrica, bajo una serie de condiciones que enumeraron en los siguientes puntos:

  • Autorización del ENRESP.
  • Comunicación adecuada y veraz al usuario sobre: 1) Vencimiento de la factura, lugar y procedimiento autorizado para el pago; 2) Identificación de la categoría tarifaria y valor de la misma. 3) Resolución de aprobación de los valores tarifarios. 4) Detalle de los descuentos y/o créditos correspondientes y/o de las tasas y/o fondos y/o gravámenes y/o intereses por mora de las cobranzas. 5) Lugar y/o número de teléfono destacado en el frente de la factura que el usuario puede recurrir por fallas en el servicio.
  • Difusión mensual en página web e informes al Concejo Deliberante.
  • Garantía de separación de boletas.
  • Cumplimiento de obligación de eximir a usuarios carenciados.
  • Publicación por LUSAL durante dos días en un diario de amplia circulación de los valores tarifarios aplicables.
  • Publicación de EDESA en su página web de los valores tarifarios.

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