El fiscal penal de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual 4 en feria, Pablo Rivero, representó al Ministerio Público Fiscal ante la Sala II del Tribunal de Juicio del distrito Centro en la audiencia de juicio abreviado en la que un hombre resultó condenado a la pena de 9 años de prisión de cumplimiento efectivo y para quien se dispuso la extracción de material genético por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.
Luego de reconocer la responsabilidad en el delito que se le imputa, de abuso sexual con acceso carnal continuado en contra de una menor de 13 años, el acusado prestó conformidad con la estimación de la pena, en acuerdo entre la Fiscalía y la defensa técnica.
La denuncia fue radicada en agosto de 2023 por la madre de la menor, quien padece retraso madurativo leve, al notarla decaída y callada, con pocas ganas de jugar y conversar con su hija, esta le expresó que el imputado la había tocado cuando iba a jugar al corral de caballos. La mujer había observado además, que tenía el vientre abultado.
En una reunión que mantuvo la denunciante en el colegio al que concurre la menor, junto con el equipo de asistentes escolares, la adolescente contó que el hombre la había tocado varias veces, que le había dado dinero y que le había dicho que no contara nada, sino los dos irían presos. En Circuito Cerrado de Televisión (CCTV), la niña ratificó lo que había manifestado delante de su madre y de los asistentes escolares. Contó además, que ella iba a jugar al corral de caballos con su hermana y que hizo caso a lo que el hombre le decía porque creía que si no le pegaría.
De los resultados de la ecografía realizada a la menor, se determinó que ésta se encontraba cursando un embarazo y el resultado del cotejo genético de las muestras obtenidas durante la etapa de investigación, concluyó que existe vínculo biológico de paternidad del ahora condenado. En la fundamentación de la acusación, la UDIS 4 sostuvo que los hechos de abuso vulneraron la integridad psicosexual de la víctima, sin haber presentado consentimiento alguna de la acción cometida por su agresor, conforme con la edad cronológica (13 años de edad).