Reforma laboral 2026: cómo cambiarían las vacaciones de los trabajadores en Argentina
La reforma laboral que el Gobierno busca debatir en el Congreso este miércoles abre un nuevo capítulo en la discusión sobre los derechos y la organización del trabajo en Argentina. Entre los puntos más sensibles del proyecto aparece el régimen de vacaciones, un aspecto que impacta de manera directa en la vida cotidiana de millones de trabajadores y en la planificación interna de las empresas.
Si bien la iniciativa no elimina el derecho a las vacaciones pagas -garantizado por la Ley de Contrato de Trabajo-, sí introduce cambios significativos en la forma en que podrán otorgarse y distribuirse los días de descanso anual. La propuesta apunta a dotar de mayor flexibilidad al sistema actual, aunque el debate ya anticipa posiciones encontradas entre distintos sectores políticos, sindicales y empresariales.
VACACIONES 2026: LOS CAMBIOS CENTRALES DE LA REFORMA LABORAL
Uno de los ejes principales de la reforma es la posibilidad de fraccionar las vacaciones. En el esquema vigente, el descanso anual debe otorgarse en forma continua, respetando una determinada cantidad de días según la antigüedad del trabajador. Con la modificación propuesta, esos días podrían dividirse en distintos períodos a lo largo del año.
El texto del proyecto establece que cada tramo no podrá ser inferior a siete días corridos, lo que implica que no se habilitarían divisiones menores a una semana. De esta manera, un trabajador podría, por ejemplo, distribuir su licencia en dos o más bloques, siempre que se respete ese mínimo por período.
Otro de los cambios relevantes es la eliminación de la ventana tradicional en la que suelen concentrarse las vacaciones, comprendida entre el 1° de octubre y el 30 de abril. Con el nuevo esquema, el descanso podría otorgarse en cualquier momento del año, de acuerdo con las necesidades organizativas de la empresa y los acuerdos alcanzados con el trabajador.
Desde el oficialismo sostienen que esta modificación permitiría una mejor adaptación a la dinámica productiva de cada sector y a las preferencias personales de los empleados, evitando la concentración masiva de licencias en los meses de verano.
NOTIFICACIÓN ANTICIPADA Y PREVISIBILIDAD
El proyecto también introduce precisiones sobre la obligación de notificar con anticipación la fecha de inicio de las vacaciones. El empleador debería comunicarla por escrito con al menos 21 días de aviso previo.
Este punto busca otorgar mayor previsibilidad al trabajador, permitiéndole organizar viajes, compromisos familiares u otras actividades personales con suficiente margen de tiempo. En el régimen actual, si bien existe la obligación de informar la fecha con antelación, la reforma explicita y fija el plazo mínimo de tres semanas.
Además, el texto contempla que el trabajador pueda acceder a vacaciones durante el verano al menos una vez cada tres períodos, salvo que exprese su preferencia por otra época del año. Esta cláusula intenta equilibrar la flexibilización del sistema con la posibilidad de mantener el descanso estival como una opción periódica.
QUÉ CAMBIA RESPECTO DEL SISTEMA VIGENTE
Actualmente, la Ley de Contrato de Trabajo establece que las vacaciones deben gozarse en forma continua y dentro de un período determinado del año. La cantidad de días varía según la antigüedad: 14 días corridos para quienes tienen menos de cinco años de servicio, 21 días para quienes superan los cinco años, 28 días para más de diez años y 35 días para más de veinte.
La reforma no modifica la cantidad de días correspondientes por antigüedad ni el carácter pago del descanso anual. El derecho se mantiene intacto en términos cuantitativos, pero cambia el modo en que puede organizarse.
En términos prácticos, la principal transformación radica en la posibilidad de segmentar el descanso y en la ampliación del calendario para su otorgamiento. Esto implicaría una ruptura con la tradición de tomar vacaciones prolongadas durante el verano, modalidad que históricamente estructuró tanto la vida familiar como la actividad turística en el país.
DEBATE Y POSICIONES ENCONTRADAS
El capítulo de vacaciones se inscribe en una discusión más amplia sobre la modernización del régimen laboral argentino. Desde sectores empresariales se señala que la mayor flexibilidad permitiría una mejor planificación productiva, especialmente en actividades con demanda estacional o ciclos variables de trabajo.
También se argumenta que la posibilidad de fraccionar el descanso podría adaptarse mejor a nuevas formas de organización laboral, como el teletrabajo o los esquemas híbridos, en los que la noción tradicional de “temporada alta” y “temporada baja” puede resultar menos rígida.
Por su parte, sectores sindicales advierten que la fragmentación del período de descanso podría afectar la calidad del tiempo libre, al reducir las posibilidades de un corte prolongado que permita una verdadera desconexión laboral. En ese sentido, señalan que el descanso continuo cumple una función social y sanitaria, vinculada a la recuperación física y mental del trabajador.
Además, algunos especialistas en derecho laboral subrayan que la negociación individual entre empleador y empleado podría generar asimetrías, especialmente en contextos de menor poder de negociación por parte del trabajador.
De aprobarse la reforma, el cambio no solo tendría consecuencias en el ámbito laboral, sino también en sectores vinculados al turismo y los servicios, que históricamente dependen de la concentración de vacaciones en verano.
Una distribución más uniforme a lo largo del año podría generar una desestacionalización de la demanda turística, aunque también modificaría hábitos arraigados en la cultura laboral argentina.