Caso Zavaleta: Para los jueces la querella no fundamentó bien la acusación
Los jueces dieron a conocer los fundamentos de la controversial sentencia por la muerte de Diego Castro, ocurrida en junio del 2017. La sociedad cuestiona fuertemente el desempeño de los magistrados.
Justicia25/03/2019Tras una sentencia que generó bronca e indignación, los jueces Marcelo Rubio, Mónica Faber y Martín Pérez, expusieron los fundamentos de porqué condenaron a María Belén Zavaleta a tres años de prisión en suspenso luego de atropellar y matar a Diego Castro el tres de junio de 2017 y sorpresivamente acusaron a la abogada Gabriela Arellano de no fundamentar debidamente su petición.
El caso fue muy mediatizado y comentado por los salteños que no dudaron en condenar a Zavaleta por su imprudente accionar el día del accidente ya que manejaba a exceso de velocidad y alcoholizada; también por su falta de empatía con la familia de Castro que aún hoy no pueden superar el trágico desenlace.
La abogada Arellano, representante de la familia Castro pidió que María Belén Zavaleta sea juzgada por homicidio simple con dolo eventual, pero su petición no sólo fue desestimada sino también duramente criticada.
En los fundamentos los magistrados aseguraron que: “La querella no fundamentó debidamente la petición que se enmarca en el artículo 79 del Código Penal, hubo una inclinación en el requerimiento a juicio pero la contundente prueba científica y testimonial producida nos lleva a concluir de manera muy distinta”, dijeron.
Respecto al dolo eventual aseguraron que se trata de una figura difícil de aplicar, y por “más aberrante que parezca un hecho de esa naturaleza si no se prueba el ánimo de dolo eventual en el sujeto activo, no podemos adaptarnos a la norma específica que cataloga como culpa la conducta. Para catalogar una conducta dentro del dolo eventual, deben probarse las especiales circunstancias psíquicas del sujeto como, el conocimiento del peligro que entraña la conducta riesgosa y la aceptación del resultado muerte que por ello podría conllevar, más las actitudes externas que demuestren tales procesos intelectivos internos”.
Los jueces consideraron que el pedido de la abogada “fue desmedido, infundado y temerario puesto que en las constancias del juicio y de todas las pruebas producidas no existe sustento lógico mínimo que avale el dolo eventual”.
Finalmente consideraron que siempre es comprensible el dolor de las víctimas por las tragedias sufridas pero la Ley nos llama a no fallar según los intereses de las partes.
La abogada por su parte cuestionó el contenido de los fundamentos y aseguró que las pruebas son irrefutables, al mismo tiempo confirmó que apelarán la sentencia por considerarla insuficiente, teniendo en cuenta el resultado del accidente.
En ese marco los salteños salieron a repudiar la condena dejando expuesta una vez más las decisiones que viene tomando la justicia. En las redes sociales se hicieron eco de la situación y comenzaron a exigir cambios urgentes.