Por irregularidades e incumplimientos, sancionan con multas a dos firmas mineras

Se trata de la firma Gavinor SRL y las pertenecientes a Simón Hoyos y Camilo Morales, concesionarios de mina La Yeserita, por incumplimientos de impacto ambiental, falencias en sus actividades, entre otros casos.

Gobierno 05/10/2020
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Foto ilustrativa de archivo.

Mediante una publicación realizada este lunes en el Boletín Oficial de la Provincia, el Gobierno anunció la confirmación de una multa que se aplican a la firma minera GAVINOR SRL, como así a los señores Simón Agustín Hoyos y Camilo Alberto Morales, concesionarios de la mina “La Yeserita”.

En cuanto a la primera, según reza el decreto n° 603, una resolución del año 2018 desde la entonces Secretaría de Minería se resolvió aplicar a la firma GAVINOR SRL una multa de $ 20.000 y otra de $ 4.320 por incumplimiento de inscripción en el Registro Minero como a las disposiciones referidas al Informe de Impacto Ambiental.

Desde Gavinor interpusieron varios recursos que fueron rechazados e impugnados en los últimos dos años. Considerando los marcos legales y normativos respecto a los vencimientos de plazos, como así la intervención en el caso de la Fiscalía de Estado, se deniega el recurso jerárquico interpuesto por la firma minera y se hace efectiva la multa.

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Foto de archivo.

Con respecto al segundo caso (decreto n° 604), se recuerda que también en el año 2018 el organismo provincial multó a los concesionarios de mina “La Yeserita”, con una punición de 66 veces el salario mínimo, vital y móvil (equivalente a $660.000) por incumplimiento de inscripción en el Registro Minero, más una multa de 15 veces el canon que devengaría anualmente la mina equivalente a la suma de $ 48.000 por incumplimientos relacionados a la Declaración de Impacto Ambiental, estableciéndose el valor total de la multa en la suma de $ 708.000.

Como en la situación anterior, los concesionarios interpusieron un recurso de reconsideración y un recurso jerárquico, entre otros, todos rechazados. No obstante en el decreto se hace saber que las irregularidades que habrían realizado en la mina, como explotación de recursos para los cuales no estaban habilitados, daños en el ambiente entre otras falencias.

Por lo tanto, ante las irregularidades detectadas, considerando que las medidas probatorias ofrecidas fueron desestimadas por no resultar útiles ni conducentes, quedando suficientemente comprobado que los impugnantes incurrieron en una conducta jurídicamente reprochable, se rechaza el recurso jerárquico interpuesto por los concesionarios de la mina.

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