Aclaración: consumidores no deben estar en el Veraz por deudas con tarjetas

A cuántos les habrá traído problemas estar afectados en el veraz por esta situación. Desde Defensa del Consumidor se aclaró la ilicitud de la difusión de dar nombre de personas con deudas por Tarjetas

Gobierno28/11/2013

La advertencia surge del Organismo que defiende a usuarios y consumidores, a raíz del incremento en reclamos y consultas que se vienen registrando por supuestas afectaciones que sufre el consumidor al momento de algún otorgamiento de préstamo o crédito personal.

La secretaría de Defensa del Consumidor, a cargo de Santiago Godoy (h), del Ministerio de Gobierno, advirtió a los consumidores que en caso de ser intimados por el Veraz, tienen derecho a solicitar información clara y detallada respecto de la deuda que intenta cobrarse.

La Ley de Tarjetas de Crédito establece la ilicitud de la difusión del nombre de la persona que figura la deuda por este concepto, cualquiera sea la condición: ejecutable, prescripta, en mora, en etapa de ejecución judicial, refinanciada, incobrable, etc.

Las entidades financieras y empresas de informes crediticios, tienen prohibido informar antecedentes financieros de los titulares de tarjeta de crédito o sus adicionales que registren algún tipo de deuda.

Godoy, detalló que “la ley establece la prohibición de informar deudas por tarjeta de crédito, y la violación a la norma por parte del banco acreedor que informa, como el Banco Central y el Veraz que retransmiten, son conductas ilegales que hacen civil y penalmente responsables a quienes incurran en tales violaciones”.

Cómo salir del Veraz

Lo primero que hay que hacer para poder salir de las listas de las empresas de informes comerciales es ejercer el "derecho de acceso", que consiste en que la persona interesada solicite a una de estas firmas que le brinde los datos que tiene acerca de ella. Ese derecho está reconocido en la Ley de Hábeas Data y se ejerce de forma gratuita.

Una vez obtenidos los datos, el damnificado tiene el derecho a solicitar a la compañía de informes comerciales que rectifique, modifique, complete o suprima la información, acreditando el fundamento en el que se basa para exigirlo.

En caso que la deuda exista, Santiago Godoy indicó que “el cobro debe ser reclamado respetando la dignidad, brindando toda la información necesaria para poder determinar la legitimidad y no incurrir en ninguna conducta de cobranza que acose, intimide, humille o avergüence a la persona”.

Fuente: Prensa Gobierno de Salta

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