Alquileres, otra vez en "stand by" por la posible derogación de la ley por parte de Milei

Sociedad 21/11/2023 InformateSalta InformateSalta
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Después del balotaje que definió a Javier Milei como representante de Argentina, uno de las declaraciones que remarcó el nuevo presidente de la Nación, fue su intención de derogar la ley de alquileres

Recordemos que la ley de alquileres fue sancionada a mitad del 2020 y modificada en octubre de este año, donde se establecía un tope al precio del alquiler que se iba modificando a través del índice que marcaba el Banco Central, lo cual meses atrás se cambió el tope generando incertidumbre según referentes de inmobiliarias. 


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Pablo Castañeda, CPI de Remax, comentó a InformateSalta que la decisión de promulgar la ley meses antes de conocer al próximo presidente le parecía anticipada

Ante las manifestaciones de Milei sobre su intención de derogar la ley, Castañeda manifestó que muchos propietarios se encuentran expectantes por saber qué decisión se tomará y repercutirá en ellos

Por lo que se generaría un stand by, un “parate” en la oferta de alquileres por parte de locadores que “van a esperar a que esta situación se defina y va a haber escasez de viviendas dadas en alquiler” comentaron desde Remax. 


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Son muchas las aristas a tener en cuenta, ya que una modificación en la ley de alquileres supone una modificación en el código civil y comercial que se debe realizar a través del Congreso de la Nación, por lo tanto, desde el sector inmobiliario esperan a ver que mecanismo llevará adelante el presidente electo o si efectuará el ciclo en el Congreso. 

Sobre los efectos para quienes se encuentra transitando un contrato de alquiler, si se deroga la ley de alquileres y queda a condición de las partes, existen 3 regímenes aplicables según Remax: 

1.       Van a haber contratos que se libraron anterior a la última modificación, plazo mínimo de 3 años con ajuste establecido por el índice de precio de alquiler del Banco Central.

2.       Contratos que se celebraron con la nueva ley, vigente, 3 años también con otro índice de ajuste. 

3.       Si se deroga habrá contratos con otra normativa. 

“Será caótico” ya que dependiendo en qué fecha se haya celebrado el contrato se aplicará la ley vigente al momento, al no tener efecto retroactivo. 

 

 

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