Conocé hasta cuánto podes transferir por billetera virtual sin que se entere AFIP

22/08/2024
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Según se informó, desde la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), se  investigará a los usuarios de billeteras digitales que realicen transferencias, mantengan saldos o efectúen consumos que superen ciertos montos establecidos por el organismo.

La nueva medida impuesta por el organismo nacional tiene como objetivo mejorar el control sobre las operaciones realizadas en el sistema financiero y en las plataformas electrónicas de pago, en un esfuerzo por mantener la trazabilidad de las transacciones y asegurar que se cumpla con las normativas fiscales vigentes.


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Según lo informado por AFIP, los usuarios de billeteras digitales que realicen ingresos o egresos por encima de los $400.000 en septiembre podrán ser notificados por el organismo. Este límite es el resultado de una actualización reciente realizada por la administración dirigida por Florencia Misrahi, la cual también estableció nuevos montos para los saldos mensuales.

Quienes tengan billeteras virtuales, deben saber que el tope para los saldos mensuales no deberá exceder los $700.000 si es que se aspira volar debajo del radar del organismo.


Los usuarios de billeteras digitales que realicen ingresos o egresos por encima de los $400.000 en septiembre podrán ser notificados por  AFIP


Esta medida no solo afecta a quienes operan con billeteras virtuales, sino también a los bancos y otras entidades financieras que deberán informar sobre los movimientos que superen los límites mencionados. Estas acciones responden a una estrategia más amplia de la AFIP para mejorar los mecanismos de información, y se suman a una serie de medidas implementadas en los últimos años para fortalecer el control sobre las transacciones financieras en el país.

En este sentido, los montos mínimos que obligan a las entidades a informar a la AFIP sobre las acreditaciones, extracciones en efectivo y saldos mensuales de todas las cuentas, se incrementaron de $200.000 a $700.000. Además, los consumos realizados con tarjetas de débito por el titular y sus adicionales deberán ser informados cuando superen los $400.000, en comparación con el límite anterior de $120.000.

 

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