¿Deportaciones y ciudadanía por inversiones? ¿Qué dice la reforma migratoria?

Nacional14/05/2025
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Esta mañana la administración de Milei anunció una reforma migratoria que incluye algunas modificaciones en los requisitos sobre los cuales se otorga la ciudadanía argentina, la residencia en el país y se avala tanto el ingreso, la permanencia y la expulsión de una persona extranjera.

Otro de los puntos que llama la atención es que se incluye el arancelamiento de ciertos servicios públicos para residentes temporales o transitorios.

La medida fue anunciada esta mañana por el vocero presidencial, Manuel Adorni, quien estuvo acompañado por la ministra de Seguridad Nacional, Patricia Bullrich, y el vicejefe de Gabinete del Interior, Lisandro Catalán, que tiene bajo su órbita la Dirección Nacional de Migraciones, que es el organismo de aplicación clave para los requisitos que saldrán en los próximos días mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU). El documento final se espera que salga hoy.

La última vez que se había intentado modificar fue en 2017, también a través de un DNU impulsado por Bullrich durante la administración de Mauricio Macri, el cual fue declarado inconstitucional por un fallo de la Justicia. Esta vez, aseguran, tomaron en cuenta planteos de aquella ocasión.

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Puntos que incluiría la reforma

La ciudadanía argentina solo podrá obtenerse tras dos años de residencia continua y efectiva en el país, sin salidas del territorio. Es decir, si una persona sale del país podrá mantener su residencia, pero se le reinicia el plazo de dos años para aspirar a la ciudadanía, esta vez sin excepciones.

La normativa crea una suerte de “ciudadanía por grandes inversiones”. Es un asunto que deberá ser elaborado en la reglamentación posterior, pero, a modo general, servirá para acelerar el proceso de ciudadanía para aquellos extranjeros que radiquen grandes inversiones en el país.

Los requisitos para acceder a la residencia permanente se reforzarán aún más. Esta se dará automáticamente solo hijos de argentinos. Los padres pasarán a encuadrarse en el régimen de residencia temporaria.

Quienes quieran mantener la residencia permanente no deberán irse del país más allá de un año (hasta ahora se habilitaba a que sean dos años). Mientras que en el caso de la residencia temporaria este plazo se acota a seis meses.

En lo que refiere al ingreso de extranjeros al país, el organismo de aplicación va a pedir en todas las ocasiones una declaración jurada y la contratación de un seguro médico.

Vinculado a esto, se mantiene la exclusión de aquellos que hayan presentado documentación falsa. Pero habrá nuevos agregados: no se permitirá entrar a quienes estén condenados una pena de cualquier tipo y plazo.

Vinculado a la cuestión normativa, se mantendrán vigentes los acuerdos de residencia del Mercosur, aunque la autoridad de aplicación evaluará el cobro de servicios de salud y educación universitaria a los beneficiarios de residencias temporarias, siempre que no existan cláusulas de reciprocidad que lo impidan.

Sobre el acceso a los servicios públicos, el Estado Nacional exigirá el pago por los servicios de salud (en hospitales nacionales) a residentes transitorios, temporarios e irregulares, exceptuando emergencias. Las universidades nacionales podrán cobrar aranceles a extranjeros no residentes, respetando su autonomía institucional.

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