Dólar ahorro: diez preguntas para entender las nuevas restricciones

El Banco Central dispuso este martes nuevas medidas para desalentar la compra de la divisa extranjera en los pequeños ahorristas.

Economía 15/09/2020
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- ¿Se modifica el cupo de US$ 200?

La nuevas restricciones anunciadas por el Banco Central no modificó el cupo mensual destinado a las personas físicas o pequeños ahorristas, pero pero incluirá todos los consumos con tarjeta de crédito en moneda extranjera o con tarjeta de débito contra cuentas en pesos.

- ¿Qué pasa si realizo una compra con tarjeta de crédito al exterior?

Esos consumos en moneda extranjera se restarán en el cupo mensual de US$ 200. Si la compra fue de US$ 50, quedarán US$ 150 para comprar al mes siguiente. 

- ¿Qué ocurre si el consumo excede los US$ 200?

Por ejemplo, si el gasto con tarjeta es de US$ 600, se irán descontando en los siguientes tres meses. Es decir, no podrá comprar dólares durante ese lapso. 

- ¿Hay topes para el consumo con la tarjeta de crédito?

No habrá restricciones para hacer consumos en dólares pero al hacerlo se limitará, aún más, el ahorro en esa moneda.

- ¿A qué operaciones se aplica la retención del 35%?

La AFIP estableció un mecanismo de percepción a cuenta del pago de los impuestos a las Ganancias y a los Bienes Personales del 35%, que será aplicada a la compra de divisas para ahorro, los consumos en el exterior pagados con tarjeta de crédito o débito, los pagos de servicios en moneda extranjera realizados en el país para, por ejemplo, servicios de streaming como Netlflix o Spotify, entre otros.

- ¿Cómo se aplica ese recargo del 35%?

Se instrumenta sobre el monto en moneda extranjera de la operación y no considera al impuesto PAIS. Para graficar, en un consumo en el exterior equivalente a $100, la cuenta final sumará $165: son $30 del impuesto PAIS (30%) y otros $35 de la retención a cuenta de Ganancias y Bienes Personales (35%).

- ¿A cuánto se irá el dólar solidario con las nuevas medidas?

El valor del dólar solidario rondará los $130 porque a la cotización del dólar oficial (que hoy cerró a $79,25) se suma el 30% del impuesto solidario y el 35% de percepción a cuenta de Ganancias y Bienes Personales que se aplicará a partir de ahora.

- ¿Qué consumos están exceptuados del recargo del 35%?

La compra de libros (en cualquier formato), la adquisición de medicamentos y los gastos referidos a prestaciones de salud, el uso de plataformas educativas o software dedicado a ese fin no está alcanzado por el gravamen. De la misma manera,  los gastos asociados a proyectos de investigación cuando los investigadores se desempeñen en el ámbito del Estado nacional, provinciales y los municipios y las universidades que integran el sistema universitario argentino.

- ¿Cómo se hace el reintegro?

Para los pequeños ahorristas, que no pagan Ganancias, la AFIP creará un sistema que les permitirá el reintegro del 35%. Cada contribuyente deberá solicitar la devolución de este gravamen una vez finalizado el año calendario en el cual se efectuó la percepción. 

En el caso de los que pagan Ganancias, que son contribuyentes de mayor nivel de ingresos, tendrán la percepción del 35% a cuenta de esos impuestos en la declaración jurada anual. 

- ¿Desde cuándo rigen estas nuevas restricciones?

La medida es retroactiva al 1° de septiembre. Quienes hayan hecho gastos por más de USD 200 entre el dólar ahorro y sus compras con tarjeta en lo que va de este mes, verán disminuido su cupo para comprar en octubre.

 
Fuente: La Nación y Clarín


 

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