Elecciones 2019: ¿puedo votar el domingo si no voté en las PASO nacionales?

Desde la Secretaría Electoral Federal explicaron que aquellos que no sufragaron en agosto, pueden hacerlo en las Generales. No obstante, deberán pagar una multa. En el cuarto oscuro, habrá un total de 6 boletas. Todo lo que tenés que saber antes de ir a las urnas este domingo.

Política 24/10/2019
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¿Puedo votar si no vote en las PASO del 11 de agosto?

Tras las PASO del pasado 11 de agosto, los argentinos iremos nuevamente a las urnas el domingo 27 de octubre para elegir a través del sistema de boleta papel quién será el nuevo presidente del país durante los próximos 4 años, y aquellos que serán parte de la renovación de ambas cámaras del Congreso Nacional.

Al respecto, el prosecretario de la Secretaría Electoral Federal, Juan Pablo Acosta Sabatini, en diálogo con InformateSalta, aseguró que los electores encontrarán en los cuartos oscuros un total de seis votos de papel, de los cuales cinco tendrán los tres cuerpos con las categorías presidente y vicepresidente, senadores nacionales y diputados nacionales por la provincia de Salta.

En la oportunidad, indicó que hay más de un millón electores habilitados, quienes emitirán su voto en los 357 establecimientos educativos que funcionarán como locales electorales en todo el territorio salteño, donde se habilitarán más de 3.100 mesas.

Además manifestó que en total se designarán 6120 autoridades de mesa, quienes recibirán $ 1.200 en concepto de viáticos al tiempo que percibirán $700 extra por realizar la capacitación.

El único que se bajó

Por otra parte, comentó que de los candidatos que pasaron las PASO, el único que renunció es Rafael Cornejo, que era el primer candidato a Senador, del partido Conservador Popular, quien fue reemplazado por su suplente en la lista Susana Urrestarazu.

La justificación del NO voto

Acosta indicó que aquellas personas que no puedan concurrir a sufragar podrán tramitar el certificado de "justificación de la no emisión de voto" de manera gratuita por internet o dirigirse a calle Dean Funes 140, en un plazo no mayor a 60 días.

Las causales pueden ser estar a más de 500 kilómetros del lugar de votación, padecer una enfermedad que les impida asistir al acto electoral, y motivos laborales, entre otros. Caso contrario, deberán pagar una multa que va desde $50 a $500 en base a la cantidad de infracciones. 

También explicó que aquellos que no votaron en las PASO no tienen ningún impedimento para sufragar en las Generales. “Si no votaste, y lo justificaste está bien, si no tendrás que pagar la multa, pero el derecho a votar lo seguís teniendo”

Resultados

Con respecto a la difusión de los resultados, indicó que están a cargo de la Dirección Nacional Electoral, dependiente del Ministerio del Interior de la Nación. “De nosotros depende el escrutinio definitivo, que es el que comienza el martes a las 18 horas, y es el que tiene valor legal”, finalizó.

 

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