Tras declarar nula la sentencia, juzgarán nuevamente a médicos por la muerte de un bebé

Justicia 23/08/2022 InformateSalta InformateSalta
muerte de bebé

Las actuaciones del Ministerio Público Fiscal iniciaron a partir de la denuncia de Carlos Javier Argañaraz, realizada el 18 de Junio de 2015. El denunciante sostuvo que el día anterior, su esposa, Marta Eugenia Braga, embarazada de treinta y ocho semanas y con los controles médicos realizados en forma normal, llegó al nosocomio de Gral. Güemes con contracciones y problemas de presión, pero por falta de anestesista, fue derivada a Salta, donde su bebé nació sin vida.

Los informes médicos y del Cuerpo de Investigaciones Fiscales indicaron que la paciente sufrió el desprendimiento de placenta, lo que ocasionó que el bebé llegara sin vida y que hubo sufrimiento fetal, lo que se debió a que no se le practicó la cesárea de urgencia que la condición médica de la madre requería.

Posteriormente, la mujer amplió su declaración y manifestó que durante el tiempo que permaneció en el hospital local nunca fue atendida por médico alguno, siempre se hizo presente la obstétrica y una enfermera que le prodigaron algunas atenciones pero no las idóneas para su estado de salud.

hospital de güemes 2

El 3 de junio de 2021, el Tribunal de la Sala I de Juicio del distrito Centro, integrado por los jueces Federico Armiñana Dohorman, Martín Pérez y Javier Aranibar, dio a conocer su veredicto, donde condenaron a Eduardo Elpidio Villagra, que era el anestesista de guardia, a un año de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial por dos años, por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público. Roberto Francisco Farías, quien era el ginecólogo de guardia el día de los hechos, fue absuelto en forma lisa y llana de los delitos de abandono de persona con grave daño a la salud e incumplimiento de los deberes de funcionario público. En tanto, Alejandro Cortez Bellomo, jefe de guardia; Jorge Barni García, gerente del hospital, y Marcelo Quiroga, gerente de Atención a las Personas, fueron absueltos en forma lisa y llana del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público.

Ante el fallo, los fiscales penales Verónica Simesen de Bielke y Gabriel González, presentaron recurso de casación contra la sentencia, al considerar que la sentencia causa un gravamen irreparable por presentar vicios esenciales en la reconstrucción de los hechos y en la selección y valoración de la prueba.

La Sala II del Tribunal de Impugnación, integrada por los jueces Guillermo Polliotto y Pablo David Arancibia, resolvió declarar la nulidad de la sentencia y ordenar que bajen los autos al Tribunal de Juicio que corresponda para la sustanciación de un nuevo juicio, al considerar los magistrados que quedó acreditado que el Tribunal de Juicio ha inobservado las reglas de la sana crítica racional y del recto entendimiento, incurriendo en vicios que repercutieron en la formación de la convicción y que producen la nulidad de la sentencia.

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