Comenzó la veda electoral: desde qué hora no se puede vender más alcohol y cuándo se levanta la prohibición
Elecciones18/11/2023Este viernes a las 8 de la mañana comenzó la veda electoral, de cara al balotaje que enfrentará a Sergio Massa y Javier Milei para definir quién de los dos será el próximo presidente de la Argentina.
La veda inicia 48 horas antes de la apertura de los comicios y, dado que este domingo 19 de noviembre las urnas abrirán a las 8 de la mañana tal como suele ocurrir, hoy empezaron a regir diversas prohibiciones dispuestas por la Cámara Nacional Electoral (CNE) tanto para la ciudadanía como para la comunidad política.
Entre estas, se cuenta la suspensión de la venta de alcohol. Sin embargo, no todas las prohibiciones cuentan con los mismos horarios y días. ¿Cuándo se deja de vender alcohol en los supermercados, bares, restaurantes y otros establecimientos?
Veda de alcohol: ¿cuándo se deja de vender por el balotaje 2023?
Tal como ocurrió antes de las PASO y de la primera vuelta electoral, para el balotaje la veda de alcohol comenzará a las 20 del día sábado 18 de noviembre, 12 horas antes de la apertura de los comicios.
Además, esta prohibición regirá hasta tres horas después de finalizado el horario de votación, es decir, que desde las 20 horas del sábado 18 de noviembre hasta las 21 horas del domingo 19 no se podrán comercializar bebidas alcohólicas.
La venta de bebidas alcohólicas durante la veda electoral es considerada un delito electoral, por ende, quien lo haga durante ese período recibirá una pena de prisión de entre 15 días y seis meses.
Así lo dispone la Dirección Nacional Electoral: "Los negocios que venden alcohol durante ese período deben permanecer cerrados. A quien durante ese período venda bebidas alcohólicas le corresponde una pena de prisión de entre 15 días y seis meses".
Balotaje 2023: ¿qué actividades están prohibidas en la veda electoral?
Según indica el artículo 71 del Código Nacional Electoral, los ciudadanos argentinos deberán cumplir con las siguientes prohibiciones:
-Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral.
-Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio, dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos.
-Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales.
-Vender bebidas alcohólicas (desde las 20 horas del sábado hasta las 21 del domingo).
-Realizar espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.
-Portar armas, banderas, distintivos o insignias. /El Cronista