Reformas laborales: aseguran que muchas van en contra a los derechos de trabajadores

Sociedad 22/12/2023 InformateSalta InformateSalta
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En el marco del análisis del DNU presentado por el presidente Javier Milei, uno de los puntos examinados fueron las reformas en disposiciones laborales que sorprendió a más de uno. 

El abogado laboralista Oscar Farah comentó distintos puntos de análisis del DNU que comenzará a regir desde el 29 de diciembre, llevando claridad a los empleados y empleadores. 

En diálogo con Bien Informados, analizó los periodos de pruebas, indemnizaciones, despidos y trabajo en negro. 


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Periodo de prueba. La modificación radica en el tiempo, pasando de ser de 3 a 8 meses el periodo de prueba, “yo creo que el espíritu del decreto ha sido fomentar una mayor empleabilidad, levantar los índices desempleo” explicó el letrado, pero aclaró que todo se verá en la experiencia empírica que provenga de trabajadores y empleadores. Para los trabajadores que estén en relaciones laboral vigentes, se aplicarán las consecuencias de la nueva norma. 

Despidos laborales e indemnización. A partir del DNU se deja la posibilidad a que los gremios con las representaciones empresarias puedan convenir adherirse a un sistema similar al que tiene la construcción. Esto significaría una la implementación de un fondo de cese laboral, donde se haría un aporte mensual por parte de los empleadores por cada trabajador. 


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Lo que se derogó de manera absoluta, fue la ley de empleo en cuanto a multas laborales por empleo no registrado o deficientemente registrado, derogándose también la ley 25323 referida a estos empleos, se derogó la indemnización que el trabajador percibía cuando tenia que ir a juicio por haber sido despedido y que no hubiese recibido el pago de indemnización. 

Otro paquete de derogaciones, radica en las multas o indemnizaciones que se pagaban por la no entrega de documentación laboral al trabajador y la multa al empleador por no efectuar aportes y retener los destinados a la seguridad social del trabajador, se eliminaron las multas agravadas y la ley de viajante de comercio que le otorgaba una indemnización para el sector por clientela. 


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Trabajador en negro. Sobre las normas referidas no pueden reclamar ningún tipo de indemnización, pero el Estado si tendrá en este caso un papel de inspector, ya que tendrá las facultades para determinar el estado en negro de un trabajador y aplicar las sanciones administrativas correspondientes y determinar cuál es el empleador que no cumpla con aportes y contribuciones. 

Sobre la inconstitucionalidad de las medidas que deja el DNU, aclaró que una ley no puede ser derogada por un decreto, lo cual sumaría a un punto en el planteo de esa inconstitucionalidad, otra cuestión que suma es la regresión de los derechos de los trabajadores que afectan al principio internacional de progresividad de los derechos. 


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Lo que pudo analizar Farah, es el beneficio o protección que hace al empresario la desregulación laboral: una de las normas establece el pago de las sentencias laborales de empresarios PyMES, en 12 cuotas, se afirma también la figura de trabajador independiente con colaboradores de manera tal que los colaboradores no estén regidos bajo la normativa de dependencia laboral. 

Destacó las probabilidades que la desregulación contribuya a un mayor empleo y subir los sueldos lo cual beneficiaria al trabajador del día a día, lo cual se verá más adelante. Si no pasa, sería totalmente perjudicial para el trabajador por la pérdida de derechos.


Muchas reformas van en contra de muchas disposiciones que reconocían derechos para los trabajadores. 


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