Para prevenir el acoso escolar, buscan sancionar a los padres

Legislativa04/12/2025
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Este jueves en el Senado de la provincia se aprobó un proyecto que introduce sanciones en el Código Contravencional provincial (Ley 7.135), con el objetivo de reforzar la responsabilidad adulta frente a situaciones de acoso escolar. 

La iniciativa incorpora el artículo 88 bis dentro del nuevo Título VIII: “Contravenciones contra el sano desarrollo del menor”.


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La ley establece sanciones para padres, madres, tutores o representantes legales de menores que, tras haber sido notificados por la autoridad competente sobre hechos reiterados de acoso escolar protagonizados por el niño o adolescente, incumplan con los deberes de supervisión, acompañamiento o corrección exigidos, o no respeten los compromisos de conducta asumidos ante las instituciones escolares o de protección.

El nuevo artículo dispone que los adultos responsables podrán ser sancionados con arresto de hasta 30 días o multa equivalente a 30 días, según determine el Juez Contravencional. En casos de reincidencia, la sanción podrá ser duplicada, y el magistrado estará facultado para imponer penas accesorias, entre ellas:

Asistencia obligatoria a talleres de parentalidad,

  • Tratamiento familiar interdisciplinario,
  • O las medidas equivalentes que considere pertinentes.
  • Intervención judicial solo como última instancia

La ley aclara que la intervención judicial procederá únicamente cuando hayan fracasado los mecanismos institucionales previstos por la legislación provincial, la Ley Nacional 26.892 de convivencia escolar y los distintos protocolos vigentes. Es decir, el Juzgado Contravencional actuará solo cuando las autoridades escolares demuestren que existió:

Falta de colaboración del adulto responsable, y/o incumplimiento injustificado de los compromisos asumidos en los procesos de mediación y abordaje del conflicto.


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Para habilitar la instancia judicial, las instituciones intervinientes deberán elevar un informe fundado, que documente con precisión:

  1. Los hechos y antecedentes del acoso escolar.
  2. Las medidas pedagógicas, de mediación o protección adoptadas.
  3. Las notificaciones realizadas a los adultos responsables.
  4. La falta de colaboración o los incumplimientos detectados.
  5. Los resultados obtenidos durante el abordaje institucional.

Con esta incorporación, se busca fortalecer el acompañamiento y la responsabilidad en el entorno familiar respecto del comportamiento de niños y adolescentes, especialmente en situaciones de violencia entre pares. 

La propuesta fue aprobada  y enviada a la Cámara de Diputados en revisión. 

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