Cambios en las tarjetas de crédito: qué dice el decreto que anunció Milei

Gobierno 21/12/2023
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El decreto de necesidad y urgencia (DNU) de Javier Milei sobre las tarjetas de crédito introduce una serie de cambios significativos para “adecuar el mercado a las recientes modalidades de relacionamiento y a las tecnologías de digitalización”.

Entre los cambios, el DNU elimina el tope de tasa que se le cobra a comercios (hoy en 3% en caso de las tarjetas de crédito y 1,5% de las débito); quita el tope al interés punitorio (por demoras en el pago); y deroga sanciones a las empresas que no informen la tasa de interés.

 
A continuación, los puntos que tenés que saber:

Desregulación y Simplificación: se propone una fuerte desregulación y simplificación en el mercado de tarjetas de crédito, en respuesta a los cambios recientes en las modalidades de relacionamiento y las tecnologías de digitalización.

Definición del Sistema de Tarjetas de Crédito: se redefine el sistema de tarjetas de crédito como un conjunto de contratos individuales con tres finalidades principales: permitir operaciones de compra o locación de bienes y servicios, diferir el pago o las devoluciones para el titular, y abonar a los proveedores de bienes o servicios los consumos del usuario.

Emisores de Tarjetas de Crédito: se establece que cualquier entidad, dentro de su objeto social, puede emitir tarjetas de crédito o hacer efectivo el pago.

Denominación de la Tarjeta de Crédito: la tarjeta de crédito se define como un instrumento de identificación del usuario que puede ser físico o virtual, magnético o de cualquier otra tecnología emergente, emanado de una relación contractual previa entre el titular y el emisor.

Derogación de Artículos de la Ley Previa: se derogan varios incisos de la Ley N° 25.065, lo que sugiere un alejamiento de algunas de las regulaciones anteriores.

Otros cambios:
Interés Punitorio: se establece que los intereses punitorios no serán capitalizables.

Resumen Mensual de Operaciones: los emisores deben confeccionar y enviar mensualmente un resumen detallado, preferentemente en forma electrónica, de las operaciones realizadas por el titular o sus autorizados.

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