Los presos y aquellos menores de 25 años que vivan con sus padres no podrán cobrar el IFE
El Gobierno Nacional anunció este jueves una serie de modificaciones con respecto al alcance y las condiciones para acceder al Ingreso Familiar de Emergencia.
Nacional13/08/2020El Gobierno Nacional anunció este jueves una serie de modificaciones con respecto al alcance y las condiciones para acceder al Ingreso Familiar de Emergencia (IFE)dispuesto desde abril para mitigar las consecuencias económicas de la pandemia y la cuarentena por el coronavirus.
A través de la Resolución 16/2020, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social estableció en el Boletín Oficial que “a fin de poder fortalecer la llegada a los sectores más vulnerables, deviene necesario introducir ciertas modificaciones” en el anexo original del texto que oficializó la medida a fines de marzo. El Ingreso Familiar de Emergencia abarca a un universo de más de 9 millones de personas y esta semana se inició el tercer pago de los 10 mil pesos.
En la resolución publicada este jueves, el Poder Ejecutivo aclaró que “las personas privadas de la libertad, bajo cualquier modalidad, no están alcanzadas” para recibir el IFE “por no reunir la calidad de destinatarios establecida en su artículo 2° (del texto original)”.
En otra modificación se detalló que “cuando el o la solicitante tenga menos de 25 años y el domicilio de residencia registrado en la ANSES sea igual al domicilio de sus padres registrado en dicho organismo, el grupo familiar se considerará compuesto por el o la solicitante y sus padres a los efectos de los requisitos y demás condicionalidades establecidas en el presente.”-