Regularán por ley el trabajo de cadetes por plataformas digitales

El Gobierno Nacional lo hará a través de un proyecto de ley con alcance sobre al menos 60 mil trabajadores que se desempeñan en la actualidad en cuatro plataformas digitales. Ayer, en Salta se realizó una protesta de trabajadores de “Pedidos Ya” y "Glovo".

Sociedad04/03/2020
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Inestabilidad laboral, inseguridad y falta de una regulación que controle y garantice derechos laborales, son algunos de los padecimientos de los trabajadores de empresas como  “Pedidos Ya” y "Glovo", que captan a sus empleados mediante aplicaciones digitales, sin brindar ningún tipo de respaldo

El Gobierno Nacional impulsará una regulación del trabajo en aplicaciones informáticas de reparto de mercaderías mediante una normativa específica. Lo hará a través de un proyecto de ley que presentará el oficialismo en las próximas semanas con alcance sobre al menos 60 mil trabajadores que se desempeñan en la actualidad en cuatro plataformas digitales y para quienes se promoverá la creación de un estatuto nuevo por fuera de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) con mecanismos propios de definición de la jornada laboral, cobertura de salud, seguros e indemnización.

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La iniciativa, que pudo conocer Ámbito Financiero, estará centrada en dotar de protección a los repartidores de PedidosYa, Glovo, Rappi y UberEats que trabajan bajo modalidades precarias de contratación vía Monotributo, pero sin vinculación con empleadores y carentes de derechos elementales como una cobertura de salud, vacaciones o indemnización por despido. De paso, encuadrará a las compañías trasnacionales, que operan en un limbo jurídico, como empleadores sujetos a obligaciones previsionales e impositivas de las que hoy están exentas.

El proyecto, que el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, encargó a un reducido grupo de abogados laboralistas que lo asesoran, será girado esta misma semana a algunos de los sectores involucrados, como los gremios que aspiran a representar a los trabajadores y los directivos de las compañías, entre otros, para después enviarlo al Congreso para su tratamiento.

La característica distintiva de otras actividades sujetas a la LCT será la distribución de la jornada laboral a cargo del repartidor. El Gobierno eligió equiparar el rubro a otros regidos por estatutos específicos como el trabajo agrario, el personal doméstico o la construcción.

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La diferenciación con la normativa preexistente es clave: desde lo conceptual, la LCT representa el piso mínimo de derechos laborales y cualquier estatuto por fuera de ese encuadramiento representa una perforación de esa base, una legislación a la baja. Los defensores de su instrumentación alegan que en los hechos la ausencia de una reglamentación termina por operar a favor de la informalidad y la carencia de derechos.

La orientación ideológica que impulsará la administración de Alberto Fernández será la de ampliar la cobertura para los repartidores aunque evitará nominarlos como trabajadores en relación de dependencia. Al eludir esa clasificación la normativa podrá disponer modalidades distintas de las habituales para la contratación, remuneración y desvinculación del personal involucrado. También tomará distancia de la propuesta que para el rubro tenía el Gobierno de Mauricio Macri, que había postulado crear la figura de “trabajador autónomo económicamente dependiente” para desligarlo legalmente de las empresas contratistas.

Entre las especificidades de la actividad figura no sólo la laxitud de horarios a cargo del propio asalariado, sino la posibilidad de emplearse con más de una aplicación al mismo tiempo. Es usual en las calles ver a repartidores que portan la caja contenedora de una de las empresas y el uniforme de otra. La nueva legislación también deberá contemplar la discontinuidad laboral que consagra la simple operación de deslogueo y logueo propia de un dispositivo digital.

Además, la reglamentación de la actividad tendrá impacto en la eventual sindicalización de los trabajadores. A fines de 2018 irrumpió en el escenario laboral la Asociación del Personal de Plataformas (APP) como el primer gremio en la Argentina y la región con la pretensión de representar a los repartidores. En febrero del año siguiente PedidosYa bloqueó el acceso a la aplicación a unos 450 trabajadores en una suerte de despido masivo de nueva generación.

En las antípodas ideológicas de APP hay otro gremio preexistente, la Asociación de Motociclistas, Mensajeros y Servicios (Asimm), que nuclea a motoqueros y cuyo accionar estuvo más orientado al cierre de las aplicaciones. Por caso sus directivos, que militan en la versión aliada a Macri de las 62 Organizaciones, avalaron un fallo del juez porteño Roberto Gallardo que en agosto pasado ordenó suspender las actividades y bloqueó el funcionamiento de Glovo, Rappi y PedidosYa por entender que la labor de sus repartidores incumplía los requisitos mínimos de seguridad vial.

Entre los autores del proyecto reconocen que compendio de derechos laborales para los repartidores será menor al de la LCT, pero al menos les dará cobertura de salud, para la labor cotidiana y frente al despido, al tiempo que resultará más costoso para las empresas, que hasta ahora reniegan de cualquier ligazón laboral y les cobran por el uso de la aplicación a los trabajadores, a los comercios y también a los usuarios. “Si la actividad sólo cierra con el Monotributo como modo de vinculación no tienen un negocio, tienen un curro”, reseñó ante este diario uno de los impulsores de la iniciativa.

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