Monotributo: la recategorización será en el mes de agosto

Economía30/06/2025
ARCA MONOTRIBUTO

El Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) luego de las últimas modificaciones recibidas estableció un mecanismo de actualización semestral, lo que llevó paralelamente a cambiar las fechas de vencimiento para la recategorización de los sujetos adheridos, de corresponder.

En relación a los parámetros, los mismos se actualizan en los meses de enero y julio de cada año, a cuyos efectos se aplica el coeficiente que surja de la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el INDEC, correspondiente al semestre calendario que finalice el mes inmediato anterior al de la actualización que se realice.


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Ahora bien, de ese mecanismo se desprende que la actualización a practicar en el mes de julio necesita conocer el índice de junio, índice que recién se conocerá en torno al 14 o 15 de julio. Por lo tanto, los valores oficiales se darán a conocer inmediatamente después de la primera quincena de julio.
Cabe recordar que la actualización comprende los montos máximos de facturación, los montos de alquileres devengados y los importes del impuesto integrado a ingresar, las cotizaciones previsionales, entre otros importes necesarios. A los fines de la recategorización se toman en cuenta los parámetros de los últimos 12 meses.


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Como consecuencia del mecanismo de actualización estipulado, los tradicionales vencimientos fijados para la recategorización los días 20 de enero y 20 de julio, pasaron a los días 5 de febrero y 5 de agosto.

Así, el próximo vencimiento para la recategorización operará el 5 de agosto, para lo cual hay que tener en cuenta también que el incremento en el impuesto integrado y en el componente previsional que se disponga, ya debe pagarse con el devengado del mes de agosto; es decir en el mismo mes.

El aumento de los componentes impositivo y previsional también se aplica desde agosto para aquellos que no tengan la obligación de recategorizarse.

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