El nuevo Código Penal resguarda el accionar de las fuerzas de seguridad

El proyecto de nuevo Código Penal de la Nación que el Gobierno de Mauricio Macri enviará al Congreso eximirá de responsabilidad a los agentes de las fuerzas de seguridad que maten o lesionen a una persona con su arma reglamentaria.

Nacional 21/07/2018
chocobar macri

El Gobierno de Mauricio Macri trabajó en un proyecto para modificar el Código Penal de la Nación. Entre los cambios, se eximirá a los agentes de fuerzas de seguridad que matasen o lesionen a personas en operativos. Será ante dos casos: cuando sea en cumplimiento de su deber y con su arma reglamentaria. Fuera de esas excepciones seguirá penalizado.

Así lo establece el texto que una comisión especial elaboró y que entregó al Poder Ejecutivo Nacional con un análisis a todo el Código y modificaciones a los delitos de corrupción, sexuales, despenalización de consumo de drogas, terrorismo, entre otros temas.

Fuentes de la Comisión le dijeron a Infobae que lo que se hizo fue agregar al Código la jurisprudencia que rige en la Justicia y que tiene determinado que no se puede acusar penalmente a un agente de una fuerza de seguridad en esos casos. La jurisprudencia es el conjunto de fallos judiciales que siguen una misma línea frente a hechos similares.

El actual Código Penal establece en su artículo 34 los casos penales que "no son punibles", es decir, que son delitos pero no tienen penalización. El más conocido es para las personas que son inimputables porque no entienden la criminalidad del acto que cometió. También la legítima defensa.
 
La ley establece siete casos de delitos que no son castigados penalmente. Uno de ellos es "el que obrare en cumplimiento de un deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo".

El proyecto de reforma al Código Penal lo extiende bajo esta redacción: "el que obrare en cumplimiento de un deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo. El miembro de alguna fuerza de seguridad pública, policial o penitenciaria que, en cumplimiento de su deber y en uso de sus armas en forma reglamentaria, cause lesiones o muerte".

La no punibilidad de estos casos, no implica que los agentes no puedan tener responsabilidad civil por su actuación. La reforma no limita el inicio de acciones por daños y perjuicios contra los agentes de las fuerzas de seguridad, concluye Infobae.

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