


Avanza la causa por la tragedia de Av. Paraguay: Habrá más de 100 testigos en el juicio
Justicia22/10/2025
El fiscal penal 2 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Gabriel González, presentó ante la Oficina de Gestión Judicial de Juicios (OFIJU JUI) la prueba producida en la causa por el siniestro vial ocurrido el 17 de marzo de 2024 sobre avenida Paraguay, en la ciudad de Salta, que dejó cinco personas fallecidas y seis heridas.
El funcionario solicitó que se fije fecha para la audiencia de admisión de pruebas y posterior debate oral, y pidió que el juicio se realice en un recinto con capacidad suficiente para albergar a las víctimas, familiares y partes involucradas. En ese marco, informó que la Fiscalía ofreció 107 testigos.
El caso tiene como imputado a Luciano Nahuel López, acusado como autor de homicidio simple (cinco hechos), lesiones graves (dos hechos) y lesiones leves (cuatro hechos), todos en concurso ideal y bajo la figura de dolo eventual.
Según la investigación, en la madrugada del 17 de marzo de 2024, López conducía su vehículo alcoholizado y a 103 km/h, cuando perdió el control del automóvil y atropelló a peatones que salían de locales bailables ubicados en esa zona de la capital salteña.
El informe toxicológico realizado por el Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF) determinó que el conductor tenía 1.62 gramos de alcohol por litro de sangre y presencia de marihuana.
El fiscal González detalló que López cruzó un semáforo en rojo, circuló fuera de los límites de detención, mantenía conversación con otros conductores y no adoptó las medidas de seguridad necesarias para conservar el control del vehículo. Estas maniobras, sumadas al exceso de velocidad y al contexto de gran circulación peatonal tras la salida de los boliches, fueron consideradas determinantes en el siniestro.
En su requerimiento, González sostiene que López asumió de manera consciente el riesgo de causar un resultado fatal, al decidir conducir en estado de ebriedad y sin considerar las posibles consecuencias. Por esa razón, la Fiscalía entiende que el hecho se encuadra en la figura de homicidio doloso eventual, contemplada en los artículos 79, 90 y 89 del Código Penal.
En diciembre de 2024, la Fiscalía había solicitado la elevación a juicio para López y el sobreseimiento de Axel Fabricio Mamaní Suárez Oganeku, al no haberse probado su participación en el hecho.







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