


Atacó con un machete a un perro, lo condenaron, no cumplió con las reglas impuestas y ahora irá preso
Justicia26/11/2025
En septiembre de 2019, Rodrigo Moisés Bonemann, fue condenado por atacar con un machete a un perro en la Ruta 26. Las agresiones le provocaron lesiones en la columna y médula espinal. Una mujer observó su accionar lo increpó para que cesara la agresión y dio aviso a la policía.
La justicia lo condenó por crueldad animal y amenazas con arma en perjuicio de E. M. M., la mujer que lo denunció.
A Bonemann le habían impuesto una serie de obligaciones, como fijar domicilio, someterse al cuidado del Programa de inserción social y supervisión de presos y liberados y concurrir cada noventa días a comunicar su lugar de residencia. También debía realizar tratamiento psicológico previa indicación de un profesional idóneo y presentar las constancias correspondientes cada treinta días. Finalmente, en el fallo se le indicaba la obligación de realizar tareas de aseo o mantenimiento en la Dirección General de Protección Animal dependiente de la Municipalidad de Salta durante un año, sin embargo, pidió en lugar de eso, entregar a la Municipalidad $2.000 pesos por mes.
Todas estas reglas debían cumplirse con apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la pena dictada, la cual era de tres años. No obstante, el 29 de noviembre de 2022 se envió citación al imputado para que acreditara el cumplimiento de lo ordenado en la sentencia condenatoria y su modificatoria.
El oficial encargado dio cuenta de que Bonemann ya no residía en el domicilio que había declarado y que el lugar tenía una nueva inquilina desde hacía cerca de seis meses. De esta manera, el sujeto incumplió la orden de no mudarse sin previo aviso y se desconocía su paradero. Tampoco había entregado los $2.000 pesos por mes a la Municipalidad.
En febrero de 2023, ante el reiterado incumplimiento de las reglas de conducta impuestas al condenado, la jueza ordenó su detención. Finalmente, este fin de semana quedó detenido.
La jueza dispuso además que la ejecución efectiva de la pena se cumpla sin que deba computarse el tiempo transcurrido en libertad.








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