Un hombre consiguió, por medio del recurso de apelación, revocar una sentencia de primera instancia en la que no se le permitía desalojar a su hermana de una casa de la que él es propietario.
Tras el fallecimiento de la madre en 2017, los hermanos hicieron un préstamo verbal por la viviendo, sin embargo, el hombre le inició una demanda de desalojo poco tiempo después.
En la sentencia de primera instancia se consideró que la hermana no acreditó “ningún hecho relevante que permita al tribunal desatender el derecho de propiedad del actor en obtener la restitución del bien”.
A pesar de ello, se revocó la sentencia y se dispuso atender a la demanda de desalojo ordenando que al término de 10 días, desde que se envíe la notificación, la casa deberá ser entregada al hombre.