Nuevo revés para Alberto Fernández, su ex secretaria declaró a favor de Fabiola Yañez

Nacional22/08/2024
alberto fernández salud

La periodista Alicia Barrios declaró hoy como testigo en la causa por la violencia de género del ex presidente Alberto Fernández contra su ex pareja Fabiola Yañez y certificó que había “violencia emocional”. Barrios declaró ante el fiscal federal Ramiro González y dijo que ella no vio golpes ni agresiones físicas.

Luego de Barrios comenzó la declaración como testigo de María Cantero, ex secretaria privada del ex presidente Alberto Fernández. En el celular de Cantero es donde se inicia esta causa. La histórica empleada del ex mandatario habló en favor de Fabiola Yañez y reconoció la veracidad de las conversaciones que están en el expediente. Pasadas las 15.30, se retiró de Comodoro Py sin hacer declaraciones.

El teléfono de Cantero fue peritado en el expediente de corrupción por la contratación de seguros de parte de organismos públicos durante el gobierno de Fernández y allí apareció una charla de 2021 entre Yañez y Cantero en la que la entonces primera dama le contó de las agresiones y le envió fotos, de acuerdo a Infobae.

En tanto, el juez federal Julián Ercolini rechazó hoy que el pedido de la defensa del ex jefe de Estado para que la investigación pase a la justicia de San Isidro. Así, el expediente continuará en los tribunales de Comodoro Py. 

Alberto Fernández

A través de un escrito presentado por la querella y luego en una declaración vía zoom durante cuatro horas, Yañez aseguró que los hechos de violencia comenzaron en 2016 en Puerto Madero y continuaron a lo largo de la relación, en donde se incluyó golpes, patadas, cachetazos y maltratos. Sobre esa base, el fiscal González imputó a Alberto Fernández y describió nueve hechos, que incluían lo sucedido en Puerto Madero y tenían como acusado al ex presidente de la Nación.

“Por principio no puedo dejar de apuntar las ostensibles carencias que se advierten en el planteo de la defensa. Una presentación del 13 de agosto que, claro está, solo podía referirse a ‘hechos presuntamente denunciados’ y confinarlos a la Quinta de Olivos por la sencilla razón de que en ese momento, básicamente, no se encontraba descripto un objeto sobre el que pronunciarse. La circunstancia apuntada, supongo que también explica la escasez de fundamentos del pedido que se limita a invocar el art. 37 y su vínculo con la garantía del juez natural, sin un desarrollo del que pueda predicarse la existencia de una verdadera argumentación. Lo apuntado, según mi opinión, basta como para rechazar sin más el planteo articulado”, afirmó la fiscalía.

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