Exigirán un 30% de choferes mujeres en los colectivos

Las empresas de transporte público deberán incorporar dos mujeres por cada hombre hasta alcanzar como mínimo un 30 por ciento de personal femenino en la composición de su planta de conductores.

Justicia18/05/2015

La Corte de Justicia de Salta ordenó a las empresas integrantes del sistema de transporte público de pasajeros incorporar a dos mujeres por cada hombre, hasta alcanzar como mínimo un 30 por ciento de personal femenino en la composición de su planta de conductores.La sentencia, que establece el cese inmediato de discriminación por razones de género, obedece al amparo colectivo promovido en la causa “Sisnero, Mirtha Graciela; Caliva, Lía Verónica vs. Ahynarca SA – Tadelva y otros”. Las empresas deberán presentar un listado que especifique, de modo unificado, los requisitos técnicos, psicofísicos y de pruebas de conducción que exigen para la admisión de postulantes, conforme a pautas que aseguren igualdad de oportunidades de empleo.

La Corte de Justicia puntualizó que “toda mujer que desee ser contratada como conductora de ómnibus en el sistema de transporte público de la Región Metropolitana de Transporte y que cumpla con los requisitos vigentes para postularse, deberá inscribir su solicitud en un registro que llevará la Autoridad Metropolitana de Transporte.

En este listado figurará en primer lugar Mirtha Gabriela Sisnero por haberse admitido la acción de amparo a su favor, esto sin perjuicio de que ella deberá actualizar la acreditación de los requisitos de idoneidad vigentes para la postulación.

Las empresas no podrán omitir la modalidad de incorporación prioritaria de mujeres y el porcentaje establecido en la sentencia, a menos que no existieran mujeres inscriptas en el registro de postulantes que llevará la AMT.En caso que alguna empresa violara la sentencia, deberá abonar en concepto de compensación, un monto mensual idéntico al sueldo del chofer de mejor remuneración, a la mujer que estuviera en el primer listado de postulantes, hasta tanto sea contratada.

La Corte de Justicia de Salta ordenó también a la Autoridad Metropolitana de Transporte poner en vigencia un programa de capacitación y sensibilización en la temática de género, en el término de treinta días desde su notificación.

El programa de capacitación deberá instituir las acciones permanentes que desarrollarán las empresas prestadoras del servicio público para la promoción de condiciones de efectiva igualdad de oportunidades laborales, sin discriminación de ninguna clase.

Por último, informó que el cumplimiento de lo resuelto, incluso la determinación de sanciones, quedará a cargo del juez del amparo.

Fuente: Parte de Prensa Poder Judicial

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