Por el frío, limitan el abastecimiento de GNC a estaciones de servicio

En diversos puntos del país, el Comité de Emergencia, constituido por la Autoridad Regulatoria ENARGAS y demás actores del sistema gasífero, dispuso restringir el suministro de Gas Natural Comprimido a estaciones de servicio.

Sociedad 29/04/2016

Los primeros fríos del año impactaron de la peor manera en las estaciones de GNC. Es que aquellas que gozan de condición de suministro interrumpible, fueron anoticiadas por el Comité de Emergencia, constituido por la Autoridad Regulatoria ENARGAS y demás actores del sistema gasífero de que dispondrán solo de los 5.000 metros cúbicos diarios firmes, tal como las habilita la Resolución 734/2009.

La norma señala, no obstante, que “tales abastecimientos deberían proveerse una vez asegurados los suministros de usuarios residenciales y pequeños comercios“. El objetivo era “garantizar el normal abastecimiento de GNC en el mercado interno, incluyendo el próximo período invernal”. Ya en mayo de 2006 se habían asignado 3000 metros cúbicos, volumen que fue incrementado a 5000 con la resolución 3569/07, luego prorrogada sucesivamente hasta el presente.

Si bien a partir de ahí no se estableció un nuevo aplazamiento, el Dr. Guillermo Miguel, asesor legal de la Federación de Expendedores del Interior (FAENI) afirma que “es muy difícil que pueda derogarse un derecho que ya ha venido otorgándose de manera excepcional en un principio pero luego pasó a convertirse en habitual”.

Miguel explica cómo es el mecanismo para que las bocas que ostentan esta posición se enteren de las restricciones: “Tienen un sistema de nominación con autorizaciones semanales o de 10 días donde toman conocimiento de lo que disponen para las jornadas operativas posteriores”. De ahí que advierte tenerlo muy presente ya que la multa por traspasar ese límite es de un litro de nafta Súper por cada metro excedido. Recordó asimismo que superar la reserva de capacidad en las firmes también acarrea la misma penalidad.

En este contexto precisa que la prioridad de cortes dispone que el primer lugar es para el gas destinado a exportación, luego se ubican las estaciones de GNC interrumpibles que no tengan asegurado los 5000 m3 firmes o hayan renunciado a ellos para quedar como 100 por ciento interrrumpibles, más tarde la industria interrumpible y luego la industria firme, posterior a esto las GNC firmes y por último el consumo domiciliario.

El letrado concluye que el cambio de condición de suministro “es un tema que deberá resolverse en los próximos meses, ya que todas estas nuevas normativas han dispuesto volver la situación anterior a lo que dictaron las Resoluciones 752/05 y subsiguientes derogadas por la Resolución 34/2016”.

Fuente: Surtidores.com

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